REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 26 de Marzo de2008.
197º y 149º
Promovidos y evacuados como ha sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho y declara las presentes actuaciones HEREDEROS UNIVERSALES DEL DIFUNTO ciudadano VILLALOBOS DOUGLAS JOSE, quien en vida era titular de la cédula de identidad No. V-4.883.452, a favor de los ciudadanos YOCELA VILLALOBOS ORTIZ y YOSMER DUVIER VILLALOBOS ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.681.377 y 13.969.783, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. JOSE OMAR GONZALEZ.
EBG/JOG/RB.
Exp. S-6818.-