REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 05 de Marzo de 2008.
197º y 149º

Vista la anterior demanda y los recaudos que la acompañan, proveniente del Tribunal Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, presentada por los ciudadanos CARLOS ARNALDO MORALES VEGAS y MIRTHA LUCILA BRAVO CORAZPE, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.366.128 y V-9.943.475, asistidos por la ciudadana AURISTELA RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el No. 20.439, el Tribunal le da entrada y acuerda anotarla en el libro de causas respectivos llevados por ante este Juzgado. En consecuencia por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la ley y conforme a lo previsto en el articulo 788 del Código de Procedimiento Civil, e igualmente de autos se evidencia que las partes tienen facultades para convenir, el Tribunal el imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos por ellos expuesto. Igualmente se acuerda expedir por ante la secretaria de este Tribunal las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo establecido en los artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.
ABG. JOSE OMAR GONZALEZ.

EBG/JOG/RB
Exp. No. 25.567.-