En el día de hoy, diez (10) de Marzo del año dos mil ocho (2008), siendo las 10:00 de la mañana, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas CELSA DIAZ VILLARROEL y su Secretario JESUS ALBERTO RAMOS, en compañía de la Apoderada Judicial de la parte actora Doctora MARIA CRISTINA PARRA DE ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 11.632; y de la auxiliar de justicia designada por este Tribunal Comisionado como Depositaria Judicial a la firma La R. C., C. A., en la persona de su representante legal CARLOS D’ASCOLI, titular de la cédula de identidad Número 6.910.950, quien aceptó el cargo recaído en su persona y juró cumplir bien y fielmente con los deberes y obligaciones inherentes al mismo, tal y como consta en el Libro de Actas que a tal efecto lleva este Despacho; en la siguiente dirección: Calle Panamá con Avenida Libertador, Edificio Lidomar Plaza, Mezzanina, Oficina Número 8, Urbanización Los Caobos, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital; oficina donde funciona la sociedad mercantil “La Comedia Local, C. A.”; con la finalidad de continuar con la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS en el juicio que por PARTICION sigue MARIA ELENA TSAKIROGLOU GONZALEZ contra EMILIO ALEJANDRO LOVERA RUIZ. Seguidamente la Juez dio los toques de Ley a la puerta de la oficina respondiendo al llamado judicial una persona quien dijo ser y llamarse EMILIO ALEJANDRO LOVERA RUIZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 5.530.442, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal. Presente igualmente una persona quien dijo ser y llamarse JUDITH BERENICE MILLAN DE LEON, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 3.722.787, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó ser Abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 18.286, y ser la Abogada del Señor Emilio Lovera. En este estado el ciudadano Emilio Alejandro Lovera Ruíz, antes identificado, expone: Pongo a la vista de este Tribunal el Libro de Accionista de la empresa La Comedia Local, Compañía Anónima, es todo. En este estado la Apoderada Judicial de la parte actora Doctora María Cristina Parra de Rojas, expone: Señalo al Tribunal para ser Embargadas Preventivamente el cincuenta por ciento (50%) de las acciones que tiene suscritas el demandado Emilio Alejandro Lovera Ruiz en la sociedad mercantil La Comedia Local, C. A., es todo. El Tribunal a señalamiento de la Apoderada Judicial de la parte actora, revisado el Libro de Accionistas que le ha sido puesto a la vista y dando cumplimiento a la comisión encomendada declara Embargadas Preventivamente el cincuenta por ciento (50%) de las acciones que tiene suscritas el ciudadano Emilio Alejandro Lovera Ruíz en la sociedad mercantil La Comedia Local, C. A. El Tribunal pone las acciones embargadas preventivamente en este acto en posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto, cuyo representante legal estando presente las recibe conforme para su representada. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. El Tribunal ordena expedir por Secretaría copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tal efecto lleva este Despacho. El Tribunal deja expresa constancia que se colocó la respectiva nota en el Libro de Accionista de la sociedad mercantil “La Comedia Local, C. A.”. El Tribunal siendo las 11:00 de la mañana da por terminada la presente actuación, ordena el regreso a su sede y deja constancia que la misma generó emolumentos para el representante de la Depositaria Judicial. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ,

CELSA DIAZ VILLARROEL.
EL NOTIFICADO,

LA ABOGADA PRESENTE,

LA APODERADA ACTORA,


LA DEPOSITARIA,


EL SECRETARIO,

JESUS ALBERTO RAMOS.