En el día de hoy, treinta y uno (31) de Marzo de dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas CELSA DIAZ VILLARROEL y su Secretario JESUS ALBERTO RAMOS, en compañía del Apoderado Judicial de la parte atora Doctor IVAN RAUL GALIANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 78.336, en la siguiente dirección: Avenida La Variante, Urbanización Piedra Azul, Caracas, Municipio Baruta del Estado Miranda, donde funciona la Policía Municipal de Baruta, Dirección Operaciones de la Policía Municipal de Baruta; con la finalidad de practicar la REINCORPORACION decretada por el JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL en el juicio que sigue MONICA DEL CARMEN HERNANDEZ AZUAJE contra INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA MUNICIPAL DE BARUTA. Presente una persona quien dijo ser y llamarse JOSE HUMBERTO DUQUE CARDENAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 9.334.947, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó que él era el Director de Operaciones de la Policía de Baruta, que el Director no se encontraba en este momento, que estaba en el Ministerio de Interior y Justicia en una reunión, que esto no era con él, que llamaría a Consultoría Jurídica. En este estado siendo las 10:20 de la mañana, se hace presente una persona quien dijo ser y llamarse MARYLEN RIOS MALDONADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 11.311.258, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó ser Abogado inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 71.702 y Abogado Jefe de la Consultoría Jurídica del Instituto Autónomo Policía Municipal de Baruta. En este estado, siendo las 10:25 de la mañana, se hace presente una persona quien dijo ser y llamarse LUIS POMPILIO SANCHEZ SIFONTES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 6.277.559, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó ser Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 40.332, Consultor Jurídico del Instituto Autónomo Policía Municipal de Baruta. El Tribunal ordena a los notificados Doctores Marylen Rios Madonado y Luis Pompilio Sánchez Sifontes, antes identificados, dar cumplimiento con el fallo dictado por el Tribunal Comitente, en cuanto a “… declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella incoada por la ciudadana MONICA DEL CARMEN HERNANDEZ AZUAJE, portadora de la cédula de identidad N° 16.204.942, debidamente representada por el abogado IVAN RAUL GALIANO y JORGE A. MARTIN ORTEGA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 78.336 y 45.725, respectivamente, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA MUNICIAL DE BARUTA. En consecuencia se declara nulos los actos administrativos de remoción y posterior retiro de fechas 5-11-2003 y 8-12-2003, respectivamente, aquí impugnados; se ordena la reincorporación al cargo que venia desempañando la querellante o a otro de igual o similar jerarquía al cual reúna los requisitos; se ordena el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de su ilegal retiro hasta su definitiva reincorporación al cargo, los cuales serán pagados de manera integral, esto es con las variaciones que en el tiempo transcurrido haya experimentado el sueldo asignado…”. El Tribunal deja expresa constancia que el comisario José Humberto Duque Cardenas se retiró de este acto. En este estado los notificados Doctores Marylen Ríos Maldonado y Luis Pompilio Sánchez Sifontes, antes identificados, exponen: Manifestamos el deseo de nuestro representado de dar cumplimiento al fallo que en este acto se ejecuta, a cuyos efectos solicitaremos al Tribunal de la causa que aclare hasta que fecha deberán pagarse los sueldos dejados de percibir, ya que la no reincorporación de la funcionaria actora se debió a su fallecimiento y no a la negativa del ente de dar cumplimiento al fallo, es todo. En este estado el Apoderado Judicial e la parte actora Doctor Iván Raúl Galiano, expone: Pido al Tribunal remita al Tribunal de origen a presente comisión, a los fines de dilucidar lo planteado por el Organismo Policial, es todo. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente actuación no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. El Tribunal hace entrega a los notificados Doctores Marylen Ríos Maldonado y Luis Pompilio Sánchez Sifontes de copia simple de la presente Acta, quienes estando presentes la reciben conformes. El Tribunal ordena expedir por Secretaría copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tal efecto lleva este Despacho. El Tribunal, siendo las 10:50 de la mañana, da por terminada la presente actuación, ordena el regreso a su sede y deja constancia que la misma no generó ningún tipo de emolumentos. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ,

CELSA DIAZ VILLARROEL.
LOS NOTIFICADOS,




EL APODERADO ACTOR,


EL SECRETARIO,

JESUS ALBERTO RAMOS.