REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Vistos estos autos. –

Parte Actora: Sociedad Mercantil PROMOTORA GONCASA.
Parte Demandada: Ciudadana IRIS JOSEFINA R. DE PEREZ.
Motivo: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (Inhibición planteada por el Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL, Juez Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas).
Expediente: Nº 13.286.

En razón de la distribución de expedientes, correspondió a esta Alzada conocer y decidir la inhibición planteada, por el Juez Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL.
-I-
Recibido el expediente por este Juzgado Superior en fecha 24 de marzo del 2008, se fijó el lapso de tres (3) días de despacho siguientes, para decidir de conformidad con lo previsto en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil.
Mediante acta presentada ante la Secretaria en fecha 20 de Noviembre del 2007, el Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL, se inhibió de seguir conociendo la presente causa, invocando la causal contenida en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil en los siguientes términos:
“...Habiéndoseme dado cuenta en el día de hoy por el Secretario de este despacho, de la existencia del expediente distinguido con el numero AP-717 de la nomenclatura interna del libro de apelaciones llevado ante este Juzgado, contentivo de la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue PROMOTORA GONCASA, contra IRIS JOSEFINA R. DE PEREZ, y en virtud de que en cuyo proceso, la parte demandada apelo del auto de admisión de pruebas dictada por el Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 11 de Marzo de 2005, dicho auto apelado fue decidido por quien suscribe cuando ejercía la función de Juez del Juzgado supra identificado, y así consta en el mencionado expediente; situación ésta que se equipara a una manifestación de opinión sobre lo debatido; por ello, me inhibo de seguir conociendo del presente juicio por considerar estar incurso en la causal 15ta., del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, y así solicito lo declare el Juzgado Superior que corresponda. Remítase, en la oportunidad que corresponda, el expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial y las copias certificadas de las actuaciones que a bien tenga indicar las partes al Juzgado Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Área Metropolitana de Caracas. Líbrense las copias certificadas ordenadas y los correspondientes oficios…”.

El artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, establece, en el ordinal 15° invocado por la Juez inhibida lo siguiente:
“Por haber el recusado manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente, antes de la sentencia correspondiente, siempre que el recusado sea el juez de la causa.”

Al analizar el hecho mediante el cual el Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL, en su carácter de Juez Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, fundamenta su Inhibición, este sentenciador encuentra que tal hecho efectivamente como lo expreso el Juez inhibido en acta de fecha 20 de noviembre de 2007, encuadra en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por lo que este Tribunal debe declarar Con Lugar la inhibición planteada. Y así se decide.
DISPOSITIVO
Por todas las razones que anteceden, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INHIBICIÓN, planteada en fecha 20 de Noviembre de 2007, por el Juez Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Remítase anexo oficio el presente expediente al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Treinta y Uno (31) días del mes de Marzo de dos mil ocho (2008). Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
LA JUEZ,

Dra. EVELYNA D’ APOLLO ABRAHAM.

LA SECRETARIA,


SHARINE SALAZAR VILLAFAÑA.

En esta misma fecha, siendo las dos y treinta (2:30 p.m.,) de la tarde se registró y publicó la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,


SHARINE SALAZAR VILLAFAÑA.

ED’AA/emcv.-
Exp. N° 13.286.-