REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-005682
PARTE ACTORA: BLANCA ROJAS AMAYA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: KRAN SPORT
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUDITH MARGARITA CONTRERAS GUEVARA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy once (11) de Marzo de dos mil ocho (2008), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, el Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana JUDITH MARGARITA CONTRERAS GUEVARA, abogada inscrita en el IPSA bajo el N°. 110.232, apoderada judicial de la parte accionada, empresa KRAN SPOR. Seguidamente el Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana BLANCA ROJAS AMAYA, no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 197° y 148°.
EL JUEZ
ABG. DANILO SERRANO
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA
EL SECRETARIA
ABG. LUISANA OJEDA
AP21-L-2007-005682
DS/TM
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