REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Noveno Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 10 de Marzo de 2008.
196º y 149º

PARTE ACTORA: RAMÓN ZAMBRANO, SANTIAGO TOVAR, GUILLERMO HERNÁNDEZ, ELIAS RUIZ, LUIS RODRIGUEZ y VICTOR SALGAR, venezolanos, mayores de edad de este domicilio Cedulas de Identidad Nos. 5.113.734, 959416, 583.576, 5.564.274 y 4.812.788, respectivamente.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JESUS MARTINEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 74.796.

PARTE DEMANDADA: CORPORACIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES LIBERTADOR, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de Diciembre de 1994, bajo el No. 10, tomo, 24-A-4to.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CECILIA J. VIVAS P., abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Instituto de Previsión Social bajo el No. 24.892.

MOTIVO: Desistimiento del Procedimiento.

Vistos: Estos autos.

Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta fecha 14 de Febrero de 2008, por el abogado JESUS MARTINEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión contenida en el acta de fecha 12 de febrero de 2008, levantada por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso, oída en ambos efectos el 20 de Febrero de 2008.

El expediente fue distribuido el 2 de febrero de 2008; el 28 de febrero de 2008, este Juzgado Superior dio por recibido el presente asunto y dejo constancia que en fecha 06 de marzo de 2008, a las 9:00 a.m., tendría lugar la celebración de la audiencia de parte en el presente juicio.

Celebrada como ha sido la audiencia oral, este Tribunal Superior pasa a publicar la sentencia en los siguientes términos:


CAPITULO I

En el acta levantada en fecha 06 de marzo de 2008, oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia oral en el presente juicio se dejó constancia de la incomparecencia de las partes por si, o por medio de apoderado judicial alguno.

El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:

“…En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente…”

Ahora bien, visto el escrito presentado en fecha 7 de marzo de 2007, por el abogado JESUS MARTINEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora como fundamentación de la apelación, el Tribunal observa que al no haber asistido a la audiencia oral y pública como consta del acta levantada el 6 de marzo de 2008, nada tiene que resolver el Tribunal sobre lo allí solicitado en vista de que en el dispositivo del fallo, se declaró desistida la apelación por incomparecencia de la parte actora apelante. Así se establece.

Con vista de que la parte actora apelante no compareció, por si o por medio de apoderado judicial alguno, en la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y publica, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo, debiendo al quedar firme esta sentencia, remitirse el expediente para que se ordene el archivo del expediente, en virtud de que el 12 de febrero de 2008, se declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso. Así se establece.

CAPITULO II
DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 14 de febrero de 2008, por el abogado JESUS MARTINEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión contenida en el acta de fecha 12 de febrero de 2008, levantada por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto (44°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso, oída en ambos efectos el 20 de Febrero de 2008, en el juicio seguido por los ciudadanos RAMÓN ZAMBRANO, SANTIAGO TOVAR, GUILLERMO HERNÁNDEZ, ELIAS RUIZ, LUIS RODRIGUEZ y VICTOR SALGAR contra la CORPORACIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES LIBERTADOR. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de que la parte actora no devengaba más de 3 salarios mínimos.

PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los diez (10) días del mes de marzo de 2008. AÑOS: 196º y 149º.


JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
MIGDALIA MONTILLA
SECRETARIA

NOTA: En el día de hoy, 10 de marzo de 2008, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.-

MIGDALIA MONTILLA
SECRETARIA





JCCA/MM/eb.
Asunto: AP22-R-2008-000037