REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUADRAGÉSIMO OCTAVO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS EN FUNCIONES DE CONTROL

Caracas, 09 de mayo de 2008
197° y 148°

AUTO DE APERTURA A JUICIO

Vista la acusación presentada por el DR. JOSE GREGORIO FOTI, en su carácter de Fiscal auxiliar Sexagésimo Quinto (65°) del Ministerio Público del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en contra del ciudadano FREDDY LEONARDO HERRERA VEROES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.086.156 de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de 21 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio caletero, Residenciado: En San Agustín del Sur Barrio El Manguito, a quien se le imputa la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 405 y 406 ordinal 1 del Código Penal venezolano, perpetrado en contra del ciudadano REQUENA FRANCIA HUMBERTO JESUS con premeditación y alevosía y por motivos fútiles, por los hechos ocurridos en fecha 20 de Febrero de 2007, siendo aproximadamente las 10:30 horas de la Noche, mediante ACTA DE INVESTIGACIÓN, suscrita por el funcionario DI TROLIO LUIS, adscrito a la Sub Delegación El Paraíso, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales Criminalisticas deja constancia de lo siguiente: “... encontrándome en labores de guardia ... se recibió llamada radiofónica de parte de la funcionaria Wendy Chirinos, credencial 25.576, ... informando que en la Quinta Calle la Ceiba, vía publica, San Agustín Del Sur, se encuentra el cuerpo sin vida de una persona, presentando heridas causadas presuntamente por el paso de proyectiles, disparados por un arma de fuego, desconociendo mas detalles al respecto... me traslade... hacia la referida dirección, a objeto de verificar la información antes suministrada, una vez en el lugar en mención.. procedimos a inspeccionar sobre el pavimento, en decúbito dorsal, el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, portando como vestimenta short de color azul, una franela de color gris, desprovisto de calzado, ... del examen externo practicado al hoy inerte se le pudo apreciar las siguientes heridas: tres de forma circular, en la región temporal derecho, una de forma circular en la región auricular, tres de forma irregular en la región temporal izquierda, una de forma irregular en la región infraescapular media, todas con características homologas a las producidas por arma de fuego. El mismo quedo identificado mediante cedula de identidad N° 11.410.469, como FRANCIA REQUENA HUMBERTO DE JESÚS, de 37 años de edad... seguidamente realizamos un recorrido en busca de algún testigo o familiares de la victima, logrando sostener entrevistas con moradores y vecinos del sector... deseosos de colaborar, manifestaron que las personas que le causaron la muerte al ciudadano antes mencionado, fueron unos sujetos apodados Leonardito, El Tigre y Peluca, todos azotes del sector...” .

Oídos en esta Audiencia Preliminar, celebrada de conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, los alegatos de la Representación Fiscal, del Acusado y su Defensa, finalizada la audiencia y en presencia de las partes, este Tribunal resuelve:

Examinada la acusación y las actuaciones que la sustentan, presentada por la Representación Fiscal, como resultado de la investigación preliminar, así como de los alegatos del Acusado y su Defensa, este Tribunal emitió entre otros pronunciamientos los siguientes: “…: PRIMERO: De conformidad con el artículo 330 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal este tribunal admite en toda y cada una de sus partes el acto conclusivo de acusación presentado por el Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, por la presunta comisión. del delito de HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 405 y 406 ordinal 1 del Código Penal venezolano, que sanciona la comisión del delito perpetrado en contra del ciudadano REQUENA FRANCIA HUMBERTO JESUS con premeditación alevosía y por motivos fútiles. SEGUNDO: Considera este órgano jurisdiccional considera que la acusación fiscal reúne los requisitos previstos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal en consecuencia procede este tribunal admitir los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Publico, a saber son: TESTIMONIALES De conformidad con el artículo 242, 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, del funcionario agente actuante REYES RICHARD, adscrito a la Sub-Delegación El Paraíso del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, testimonio del funcionario actuante LUIS DI TROLIO, adscrito a la Sub-Delegación El Paraíso del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, quien suscribe la Inspección técnica policial, testimonio del ciudadano FRANCIA REQUENA IVAN JESÚS, cedula de identidad N° V-14.033.343, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, domiciliado en: Calle La Ceiba, Planta Baja, Apartamento 54, Calle Paramocoy, San Agustín del Sur, en calidad de testigo presencial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 y 119 del Código Orgánico Procesal Penal, testimonio del ciudadano ARAGOL SALAZAR EDGAR EDUARDO (mencionado en autos como ALEXANDER), cedula de Identidad N° V-16.877.262, de nacionalidad, Venezolana, natural de Caracas, de 21 años de edad, de estado civil soltero, domiciliado en San Agustín del Sur, Séptima Calle Marín, Sector La Fila, Casa N° 16, teléfono: 0412-565-65-16, de conformidad con lo dispuesto articulo 118 y 119 del Código Orgánico Procesal Penal, testimonio del Doctor FRANCISCO MOTA Medico Anatomopatólogo Forense, quien suscribe el PROTOCOLO DE AUTOPSIA, de fecha 06 de Marzo de 2007 signado con el N° 136-124808, practicado el cadáver del ciudadano: REQUENA FRANCIA HUMBERTO JESÚS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 354 en relación con los Artículos 242 y 356 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, testimonio del Medico Forense LUIS MARTINEZ ASCANIO, Medico Forense, Experto Profesional Especialista II, adscrito a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses, División de Anatomia Patológica Forense, quien suscribe el LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER, N° 136-124808, N° 333-02, de fecha 28 de Marzo de 2007 practicado al cadáver FRANCIA REQUENA HUMBERTO JESÚS. De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 354 en relación con los artículos 242 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, testimonio del funcionario JESÚS SUAREZ, adscrito a la División de Balística del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas quien suscribe la EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO, N° 9700-018-1133, de fecha 22 de Marzo de 2007, realizado a un PROYECTIL, extraído del cadáver del ciudadano REQUENA FRANCIA HUMBERTO JESÚS, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 354 en relación con los artículos 242 y 356 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, el testimonio ELISCAR NERIS adscritos a la División de Balística del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, quien suscribe la EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO N° 9700-018-1133 de fecha 22 de Marzo de 2007, realizado a un PROYECTIL, extraído del cadáver del ciudadano REQUENA FRANCIA HUMBERTO JESÚS. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 354 en relación con los Artículos 242 y 356 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. DOCUMENTALES: De conformidad con los Artículos 242, 354, 356 y 339, Numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Se admite Documento incorporado para su exhibición y lectura en Juicio Oral y Publico, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 242 y 354 del Código Orgánico Procesal Penal: ACTA DE DEFUNCIÓN, numero 19, suscrita por el Jefe Civil JULIO CESAR MORENO, de la Parroquia San Agustín, de fecha 13 de Marzo del 2007. Documento incorporado para su exhibición y lectura en Juicio Oral y Publico, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 242 y 354 del Código Orgánico Procesal Penal: LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER, N° 136-124808, N° de entrada 33-02, de fecha 28 de Marzo de 2007, suscrita por el Medico Forense LUIS MARTINEZ ASCANIO, Medico Forense, Experto Profesional Especialista II, adscrito a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses, División de Anatomia Patológica Forense, practicado al cadáver FRANCIA REQUENA HUMBERTO JESÚS. Documento incorporado para su exhibición y lectura en Juicio Oral y Público, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 242 y 354 del Código Orgánico Procesal Penal, PROTOCOLO DE AUTOPSIA, de fecha 06 de Marzo de 2007 signado con el N° 136-124808, practicado al cadáver del ciudadano: REQUENA FRANCIA HUMBERTO JESÚS, por el Doctor FRANCISCO MOTA Medico Anatomopatólogo Forense. Documento incorporado para su exhibición y lectura en Juicio Oral y Publico, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 242 y 354 del Código Orgánico Procesal Penal EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO DE TÉCNICO, N° 9700-018-1133, de fecha 22 de Marzo de 2007, suscrito por los funcionarios JESUS SUAREZ Y ELISCAR NERIS, adscrito a la División de Balística del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a un PROYECTIL, extraído del cadáver del ciudadano REQUENA FRANCIA HUMBERTO JESÚS, medios de pruebas a lo cual se acoge a la comunidad de la prueba la defensa privada en este acto, considera este tribunal que los medios de pruebas se encuentra investidos de licitud, pertinencia y necesidad a objetos sean evacuados en el juicio oral y público…”.

En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Cuadragésimo Octavo (48°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley ORDENA EL ENJUICIAMIENTO DEL ACUSADO FREDDY LEONARDO HERRERA VEROES, conforme a la calificación jurídica que se ha dado, admitidas como fueron la acusación y las pruebas ofrecidas por la Fiscal del Ministerio Público, se emplaza a las partes para que en un plazo común de cinco (05) días concurran al Tribunal de Juicio donde serán remitidas las actuaciones. Se instruye a la Secretaria Johanna Atienza, que deberá remitir las actuaciones a la Unidad de Receptora y Distribuidora de Documentos de este Circuito Judicial, con el objeto que sean distribuidas a un Tribunal de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal.
LA JUEZ

MAURA VERONICA FLANNERY CAMPOS LA SECRETARIA
Abg. JOHANNA ATIENZA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA
Abg. JOHANNA ATIENZA
MF/johanna
Causa N° 48C-10648-07