REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE EJECUCION DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 27 de Mayo de 2008
198º y 149º
Revisadas exhaustivamente los presentes actuaciones, se puede evidenciar que el penado TORREALBA MARQUEZ JOSÉ EDUARDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.122.499, a quien se le sigue en la causa signada bajo el Nº 11E-1098-00 (Nomenclatura de este Despacho), fue sentenciado en fecha Catorce (14) de Noviembre de 2000, por el Juzgado Vigésimo Tercero (23º) de Primera Instancia en Funciones de Control, a cumplir una pena de Cinco (05) años y Cuatro (04) meses de prisión, por la comisión del delito de: PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, ROBO AGRAVADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionado en los artículos 278,460 y 219 ordinal 1º, respectivamente, todos del Código Penal.
Visto que en los folios Ciento Cuarenta y Cuatro (144) y Ciento Cuarenta y Cinco (145) de la presente pieza, cursa decisión dictada en fecha 28 de Abril de 2008, mediante el cual se decreta La LIBERTAD POR PENA CORPORAL CUMPLIDA, al penado TORREALBA MARQUEZ JOSÉ EDUARDO, por haber cumplido con la totalidad de la pena impuesta, quedando sujeto a la sujeción a la vigilancia hasta el día 12 de Mayo de 2005.
Ahora bien, como se evidencia que el tiempo otorgado al penado para que estuviere sujeto a la sujeción a la vigilancia ya transcurrió, y habiendo no sólo cumplido con la pena principal, sino también con la pena accesoria, establecida en el ordinal 3ero del artículo 13 del Código Penal, este Tribunal considera procedente decretar la Libertad Plena, de conformidad con el artículo 105 de Código Penal.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia, en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, DECRETA LA LIBERTAD PLENA, del penado TORREALBA MARQUEZ JOSÉ EDUARDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.122.499. Notifíquese a las partes.-
LA JUEZ 11º DE EJECUCIÓN
DRA. FRENNYS BOLÍVAR DOMÍNGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARÍA ELISA BENCOMO
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA
ABG. MARÍA ELISA BENCOMO
Causa Nro 11E-1098-2000
FBD/ljr
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