REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA SEGUNDO EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
197º y 148º


ACTA DE AUDIENCIA PARA OIR AL SANCIONADO

Causa Nº 400-08

JUEZ: DRA. AURA CELINA ARRIETA PÉREZ
FISCAL: DRA. YANETH MARTINEZ
SANCIONADO: CORREA DÍAZ HÉCTOR ALFONSO
DEFENSA: DRA. MILDRED CARPIO (Encargada Nº 1º)
LA SECRETARIA: ABG. ADRIANA ESTRADA

En horas del día de hoy, veinte (20) de mayo de dos mil ocho (2008), siendo las 12:10 horas de la tarde, fecha y hora fijadas para que tenga lugar la Audiencia para Oir al Sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 542 de La Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente en la causa seguida al joven adulto CORREA DÍAZ HÉCTOR ALFONSO, titular de la cédula de identidad Nº 18.691.520, plenamente identificado en autos que anteceden. Constituido el Tribunal por la DRA. AURA CELINA ARRIETA PÉREZ y la Secretaria ABG. ADRIANA ESTRADA, quien previa solicitud de la ciudadana Jueza procedió a verificar la presencia de las partes, constatando que se encuentran presentes la ciudadana Fiscal Nº 117º Auxiliar del Ministerio Público DRA. YANETH MARTÍNEZ, el joven adulto CORREA DÍAZ HÉCTOR ALFONSO, acompañado para este acto de la Defensora Pública Nº 1º Encargada DRA. MILDRED CARPIO. Acto seguido la ciudadana Jueza toma la palabra y procede a informar al joven adulto de los derechos que le asisten en la ejecución de las medidas los cuales se encuentran contenidos en el artículo 630 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como del precepto constitucional contenido en el artículo 49, ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se le cede el derecho de palabra al joven adulto CORREA DÍAZ HÉCTOR ALFONSO, quien al efecto expone: “Yo estaba asistiendo a mi labor social tal como lo acordé con mi delegada, a mi me asignaron la pintura del área de piscina y cortar el césped en las áreas verdes, pero no llegué a hacer nada de eso porque el horario que me pusieron me coincidía con el horario de trabajo y lo que me pusieron fue a colaborar con INAGER, que es una institución de ancianos, yo estaba yendo por una hora u hora y media aproximadamente y la delegada lo sabía; Mi mamá está enferma y yo se que no es una enfermedad grave, lo que pasa es que yo soy quien corre con esos gastos y no puedo dejar de trabajar porque me van a botar, yo trabajo como ayudante de cocina y tengo asignada la hora más fuerte que es la del almuerzo, tengo dos pisos asignados, mi horario de trabajo es de 9:00 de la mañana a 5:00 de la tarde, de lunes a viernes, además trabajo un fin de semana y otro fin de semana estoy libre. Yo conversé con mi jefe inmediato y él me dijo que no podía dejarme salir a las dos porque esa es la hora en que hay más trabajo, luego lo conversé con mi delegada, en principio me dijo que ella iba a pasar por la Clínica para ver como se podía solucionar lo de mi horario y yo creo que allá no la conocen porque ni siquiera ha ido; Yo comencé a cumplir desde el día 06 de febrero y fui hasta el día 28 de marzo, después regresé el 28 de abril y ella no me quiso recibir más, me dijo que no podía hacer nada y que iba a pasar el reporte aquí al Tribunal, entonces imagínese usted si ella que es la que me orienta, no me ayuda que puedo hacer, porque yo no quiero faltar pero tampoco puedo dejar que me boten de mi trabajo, yo tengo familia trabajando en Clínicas cerca de mi casa, no tengo ningún problema en que me manden a trabajar de noche a una de esas clínicas y así cumplir con mi labor social. Es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público DRA. YANETH MARTÍNEZ quien expone: “Esta Representación fiscal, luego de oír al joven Héctor Correa, solicita al Tribunal que le otorgue una nueva oportunidad con el objeto de lograr el cumplimiento de la sanción, por otra parte solicito que se oficie a la Delegada con el objeto de entrevistar al joven y reformular el plan de acción, por último solicito al Tribunal la reformulación del cómputo de la sanción impuesta al joven sancionado. Es todo” En este estado, se le concede el derecho de palabra a la ciudadana, Defensora Pública DRA. MILDRED CARPIO quien manifiesta: “Oída la exposición de la Representante del Ministerio Público así como lo expuesto por el adolescente, se adhiere a la solicitud fiscal. Es todo”. OIDO COMO FUE EL SANCIONADO y OIDAS COMO FUERON LAS PARTES, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PASA A DICTAR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se exhorta al joven HÉCTOR ALFONSO CORREA DÍAZ, a consignar constancia de trabajo vigente en forma original, la cual deberá indicar el horario de trabajo y una vez que la misma conste en autos se ordenará oficiar a la Entidad de Atención al Adolescente no Privado de Libertad, a fin de que se reformule el Plan de Supervisión el cual deberá ser remitido a este Despacho Judicial a los fines legales consiguientes. SEGUNDO: Oficiar a la Delegada de Libertad Asistida T.S.P. Rosalyn Rodríguez a los fines de que informe las resultas de la diligencia practicada por ante el Departamento de R.R.H.H. del Centro Médico de Caracas en relación con el permiso solicitado para que joven pudiera salir de ese Centro Médico a las 3:00 horas de la tarde a objeto de cumplir con la labor social asignada. TERCERO: Se ordena practicar por secretaría el cómputo de la sanción una vez que conste en autos la correspondiente receptoría. CUARTO: Se declara concluido el acto, siendo (12:30) de la tarde, con la lectura y firma de la presente acta, quedando debidamente notificadas las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión supletoria del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente,. Terminó, se leyó y estando conformes firman.
LA JUEZA


DRA. AURA CELINA ARRIETA PÉREZ

LA FISCAL ENC. 117° DEL M.P.

DRA. YANETH MARTÍNEZ


EL SANCIONADO

CORREA DÍAZ HÉCTOR ALFONSO


LA DEFENSORA PÚBLICA Nº 1º (Encargada)


DRA. MILDRED CARPIO



LA SECRETARIA,

ABG. ADRIANA ESTRADA
Causa Nº 400-08