REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, VEINTE (20) de MAYO de dos mil ocho (2008)
197º y 149º

ASUNTO: AP21-L-2006-002517

PARTE ACTORA: GREGORIO RABAN, LUZ DAZO, DUNIA CORDOVA, HANRY PALACIOS, ARMINDO DE JESUS MORA, RICHARD GARCIA, MARY PEÑALOZA CACERES, MATILDE QUINTERO, LOPEZ LELYS, ZAIDA LINARES, ANA RAMOS, BELKYS GALINDEZ, JOSE UZCATEGUI, RICARDO SEGUNDO PEREZ, YAJAIRA COLMENARES, ANA CECILIA RINCONES, PABLO JULIO GIL TORRES, DIOGENES MORENO, EDUAL LANDAETA, ANTONIO ARAMAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V- 829.254, 5.564.385,5.881.379,6.323.388, 687.675,6.306.130,1.876.328,5.348.813,4.337.228, 9.561.517,3.033.572,4.199.245,10.052.999, 9.555.921,11.077.690,9.626.914, 9.563.600,9.400.298,10.991.228,839.042, respectivamente.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LUIS RAMON BERMÚDEZ RADA, HECTOR ZAMORA IZQUIERDO, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 056 y 1654 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), Instituto Autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto con fuerza y rango de Ley de Tierras Desarrollo Agrario, Publicado en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 37.323 de fecha 13 de noviembre de 2001, adscrito al Ministerio de Agricultura y Tierras.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE GREGORIO ARTILES, ALEJANDRO GOMEZ, EBERTHS JOSE CARABALLO, MARIA SOARES, JOSE LUCIANO VITOS, HERLEY PAREDES y otros abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº V- 85.033, 105.518, 95.840, 52.172, 67.589 y 89.294 respectivamente

MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES.

Se inicia el presente procedimiento por demanda incoada por los ciudadanos GREGORIO RABAN, LUZ DAZO, DUNIA CORDOVA, HANRY PALACIOS, ARMINDO DE JESUS MORA, RICHARD GARCIA, MARY PEÑALOZA CACERES, MATILDE QUINTERO, LOPEZ LELYS, ZAIDA LINARES, ANA RAMOS, BELKYS GALINDEZ, JOSE UZCATEGUI, RICARDO SEGUNDO PEREZ, YAJAIRA COLMENARES, ANA CECILIA RINCONES, PABLO JULIO GIL TORRES, DIOGENES MORENO, EDUAL LANDAETA, ANTONIO ARAMAS,
venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad 829.254, 5.564.385,5.881.379,6.323.388, 687.675,6.306.130,1.876.328,5.348.813,4.337.228, 9.561.517,3.033.572,4.199.245,10.052.999, 9.555.921,11.077.690,9.626.914, 9.563.600,9.400.298,10.991.228,839.042 respectivamente, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), correspondiéndole conocer en fase de sustanciación a quien suscribe este fallo.
Fue admitida la demanda, librándose el correspondiente cartel al demandado y el oficio a la Procuraduría General de la República, suspendiéndose el proceso por 90 días continuos, en virtud que la cuantía de la demanda supera las 1000 unidades tributarias.
Vencidos como se encuentran los 90 días arriba indicados, se observa que en fecha 12 de marzo de 2008 la parte demandada solicitó al Tribunal declarase la inepta acumulación; por lo que este Tribunal dejó vencer el lapso de suspensión para pronunciarse al respecto, lo que hace en los siguientes términos:

Al proceder a la lectura del escrito libelar, se observa que existe un litisconsorcio activo, de donde se desprende que laboraban a un ente de la Administración Pública, que dependiendo de su categoría, pudiese conocer de la pretensión los Tribunales del Trabajo y otros, los Tribunales de lo Contencioso Administrativo; un grupo de ellos eran empleados y otros obreros; esto es: ciudadanos:
Gregorio Raban; desempeñaba el cargo de Ayudante de Topógrafo
Maritza Dazo Aguirre; desempeñaba el cargo de Secretaria I
Dunia Córdova; desempeñaba el cargo de Auditor
Henry Palacios; desempeñaba el cargo de Electromecánico
Armindo Mora; desempeñaba el cargo de Mensajero
Richard García; desempeñaba el cargo de Mensajero Motorizado
Mary Peñaloza; desempeñaba el cargo de Jefe de División
Matilde Quintero; desempeñaba el cargo de Ingeniero Forestal I
Lelys López; desempeñaba el cargo de Demostradora del Hogar I
Zaida Linares; Desempeñaba el cargo de Jefe de Area
Ana Ramos; desempeñaba el cargo de Demostradora del Hogar I
Belkis Galíndez; desempeñaba el cargo de Secretaria I
José Uzcátegui; desempeñaba el cargo de Técnico agropecuario
Ricardo Pérez; desempeñaba el cargo de Técnco Agropecuario II
Yajaira Colmenarez; desempeñaba el cargo de Asistente de Oficina I
Ana Rincones; desempeñaba el cargo de Jefe de Unidad
Pablo Gil; desempeñaba el cargo de Jefe de Unidad
Diogenes Moreno; desempeñaba el cargo de Ayudante de Servicios Gen.
Edual Landaeta; desempeñaba el cargo de Contabilista II
Antolino Armas; desempeñaba el cargo de Despachador de Combustible

En tal sentido, se observan pretensiones unidas que imposibilitan al Juez laboral conocer de todas ellas, por cuanto pudiese considerar que para un grupo de trabajadores (obreros) si sería el competente, pero para el resto (empleados-Funcionarios Públicos) no le correspondería. De manera que esta acumulación de pretensiones, trae como consecuencia una improponibilidad de la demanda, por existir una inepta acumulación, en virtud que las pretensiones esgrimidas deben ventilarse por procedimientos diferentes, lo cuales son incompatibles entre sí.

Por todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRICPION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: LA INEPTA ACUMULACION, y en consecuencia, inadmisible la pretensión de los actores de forma conjunta en la demanda intentada por los ciudadanos GREGORIO RABAN, LUZ DAZO, DUNIA CORDOVA, HANRY PALACIOS, ARMINDO DE JESUS MORA, RICHARD GARCIA, MARY PEÑALOZA CACERES, MATILDE QUINTERO, LOPEZ LELYS, ZAIDA LINARES, ANA RAMOS, BELKYS GALINDEZ, JOSE UZCATEGUI, RICARDO SEGUNDO PEREZ, YAJAIRA COLMENARES, ANA CECILIA RINCONES, PABLO JULIO GIL TORRES, DIOGENES MORENO, EDUAL LANDAETA, ANTONIO ARAMAS, respectivamente contra del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), Instituto Autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto con fuerza y rango de Ley de Tierras Desarrollo Agrario, Publicado en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 37.323 de fecha 13 de noviembre de 2001, adscrito al Ministerio de Agricultura y Tierras, por cobro de PRESTACIONES SOCIALES.

No hay condenatoria en costas, POR LA NATURALEZA DEL FALLO

Cúmplase, publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión. Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veinte (20) días del mes de mayo de Dos Mil oco (2008) .Año 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

Abog. Neyireé Toledo
LaJuez
La secretaria
NOTA: En esta misma fecha siendo las 10:28a.m. se dictó, diarizó y publicó la presente decisión y se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA