REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Dieciseis (16) de Mayo de dos mil Ocho (2008)
198º y 149º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2006-002884
PARTE ACTORA: JAIRO RAMON ROA VALERO.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: TRAIBARCA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DAVID QUINTERO, NANCY BERMUDEZ.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS.

En el día hábil de hoy Dieciseis (16) de Mayo de dos mil ocho (2008), siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de los abogados NANCY BERMUDEZ y DAVID QUINTERO inpreabogado Nros. 85.484 y 117.996 en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada los cuales consignan un comprobante de recepcion de documento constante de un (1) folio, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198 ° y 149 °. Nota: Este Tribunal deja constancia de que no consta en el fisico del expediente la diligencia consignada por la parte demandada de fecha 15 de Mayo de 2008.
El Juez

El Secretario

Abog. Eduardo Nuñez
Antonio Boccia



APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA