REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nro. 9
Caracas, siete (07) de Mayo de 2.008
197º 149º
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 18 de Abril de 2.008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, por la ciudadana JUANITA HERNÁNDEZ DE ALONZO, en su carácter de Fiscal Centésima Décima (110°) del Ministerio Público; actuando en nombre y representación de los derechos e intereses del adolescente (...), de (...) años de edad; en el cual remite convenio de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, celebrado por los ciudadanos LUIS CARLOS TERÁN VILLA y GEORGINA DEL VALLE TRUJILLO COLINA, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-12.910.665 y V-12.398.928, respectivamente, a favor del prenombrado adolescente; y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 15 de abril de 2008, lo relativo al Régimen de Convivencia Familiar.