REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena

Caracas, ocho (08) de Mayo de 2008
Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de convenimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentado en fecha veintitrés (23) de Abril de 2008, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) de este Circuito Judicial, por la ciudadana ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, en su carácter de Fiscal Centésima Octava (108°) del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas; actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de los niños (...) de (...) y (...) años de edad respectivamente; quien son hijos de los ciudadanos HENRRY WINDER BARROETA VELASCO y DENIS DAMELYS RAMOS MILLAN ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidades Nros. V- 13.846.454 y V- 7.949.615 respectivamente.