Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de mayo de dos mil ocho (2.008)
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-005814

Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copia certificada de las Actas de Defunción y Nacimientos que cursan a los folios 9 al 10 del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos DANI COROMOTO RINCONES MONTOYA y ANTONIO NARCISO UBAN CORTEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-4.582.706 y V-1.176.492, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la adolescente XXXX, de diecisiete (17) años de edad, hija del De Cujus HENRY ALBERTO PEREZ VILLEGAS, quien era titular de la Cédula de Identidad No. V-6.035.788, quien falleció en fecha diecisiete (17) de octubre del año dos mil siete (2.007); quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Así se decide.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,

SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA,

ADRIANA MIRELES