CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIEPRSONAL Nº 12
Caracas, veintidós (22) de mayo de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2007-021377
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano REYMAR NICOLAS CERMEÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No.V-16.063.942, en su carácter de parte demandada, mediante la cual conviene en la presente demanda de fijación de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana NORELKYS MARIBY ROMERO, a favor del niño XXX, de diez (10) meses de edad. En consecuencia esta Sala de Juicio N° 12 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho convenio en cada una de sus partes, le imparte su aprobación en los mismos términos expuestos, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Asimismo, se acuerda librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial a los fines de solicitarles se sirvan girar las instrucciones pertinentes al Banco Industrial de Venezuela para la apertura de una Cuenta de Ahorro a favor del niño antes prenombrado. Expídanse por secretaría las copias certificadas que se requieran. Cúmplase.
LA JUEZ,
SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA,
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