Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 12. Caracas, 28 de Mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2008-008974
Vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano DOMINGO ANTONIO GOMEZ GUZMAN, Venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V-10.302.377, a favor de su hijo XXX, de once (11) años de edad, debidamente asistido por el Abogado JULIO CESAR CALDERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 32.923. Asimismo, se observa que la parte solicitante a través de los medios probatorios aportados en la presente solicitud, probó suficientemente lo alegado a su escrito, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. JUEZ UNIPERSONAL No. XII, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena por vía SUMARIA y de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de los Libros de Registro Civil de Nacimientos correspondientes al año 1997 de la siguiente manera: En la partida de nacimiento del niño XXX, la cual corre inserta en los Libros del Registro Civil de la Parroquia el Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotado bajo el No. 165, Folio 83, correspondiente al año 1997 de los libros llevados por dicho organismo, donde asentaron el primer apellido del padre del niño como “DOMINGUEZ”, lo cual es incorrecto; siendo lo correcto “GOMEZ”. En consecuencia, líbrese oficio anexo a las respectivas copias certificadas a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de que se sirva a estampar la respectiva nota marginal. Por último, se insta a la parte solicitante a consignar los fotostatos correspondientes, a los fines de expedir las mencionadas copias y los oficios correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ
SARA E. GUARDIA SOTO LA SECRETARIA
ADRIANA TERESA MIRELES.
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