REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII
Caracas, 19 de mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-007598
Vista las anterior solicitud presentada por ante este Tribunal por el ciudadano BERNARDO ENRIQUE APONTE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V.-6.364.786, actuando en su propio nombre y en su carácter de representante legal de la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, hija de ROSA MARY MARTINEZ CHAVEZ, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-6.271.829, fallecida en fecha (17) de abril de 2008. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana ROSA MARY MARTINEZ CHAVEZ, antes identificada, a su cónyuge BERNARDO ENRIQUE APONTE RODRIGUEZ y a su hija SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, beneficiarios de la de cujus ciudadana ROSA MARY MARTINEZ CHAVEZ. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas. Cúmplase
LA JUEZ
Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA
Abg. SALLY GUERRERO
JQA/SG/Kristian Castellanos
AP51-S-2008-007598
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