REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Juez Unipersonal Nº XIV
Caracas, 27 de mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-006801
Vista la diligencia, de fecha 22 de mayo del presente año, suscrita por la ciudadana ZAIMALYS COROMOTO SANCHEZ MEJIAS, titular de la Cédula de identidad Nº V-10.549.807, en representación de su hija (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), debidamente asistida por la Abogado NADHEZTKA PONCE, en su carácter de Defensora Pública Décima Tercera (13°) Suplente de Protección del Niño y del Adolescente, en la cual desiste de la presente solicitud de autorización judicial para viajar; en consecuencia, esta Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial, procede a HOMOLOGAR el presente DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; expídanse por secretaría las copias certificadas; así mismo, se acuerda la devolución de los originales solicitados todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, a los fines de remitirle lo conducente. Archívese el expediente. Cúmplase.-
LA JUEZA


ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA

EL SECRETARIO


ABG. CARLOS ANDRES FONSECA


YLV/CAF/Marjorie
AP51-S-2008-006801