REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, veintiuno (21) de mayo de dos mil ocho (2008).-
198º y 149º
Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por la abogada JULIA RIVERO MELECIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.68.719, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MAGALYS JOSEFINA PARRA PIÑA, portadora de la cédula de identidad Nro. 5.407.178, mediante la cual solicita diferencia de prestaciones sociales y otros beneficios a la Fiscalía General de la República.-
EL JUEZ
JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
EL SECRETARIO
CARLOS B. FERMÍN. P
Exp. 07-2109/ fcm.-