REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, siete (07) de mayo de dos mil ocho (2008).
198º y 149º

Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley de Estatuto de la Función Pública. Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, la querella interpuesta por la ciudadana JHOANNIVIS ANGIE CÉLIS MARTÍNEZ, portadora de la cédula de identidad Nro. 14.097.649, asistida por el abogado FRANK GARCÍA DÍAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.996, mediante la cual solicita la nulidad del acto administrativo dictado en fecha 10 de octubre de 2006, Resolución S/N por parte de la Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.-
EL JUEZ


JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
EL SECRETARIO


CARLOS B. FERMÍN P.


EXP.07-1860/ fcm.-