REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, de mayo del año 2008-.
Años 198° y 149°
Vista la demanda presentada por los abogados GERARDO A. CASO SANTELLI y ADRIANA ANZOLA de CASO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 39.098 y 39.164, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, Sociedad mercantil de este domicilio, inscrita originalmente ante el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, en fecha 3 de abril de 1930, bajo el No. 123, cuyos actuales Estatutos Sociales, modificados y refundidos en un solo texto, con modificación de su denominación social, de Banco Mercantil, C.A., (Banco Universal), a Mercantil, C.A., Banco Universal, constan de asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de diciembre de 2007, bajo el No. 3, Tomo 198-A Pro., Institución Financiera con Registro de Información Fiscal (RIF) número J-00002961-0, (Instituto Financiero que en lo adelante se señalará como EL BANCO), este Tribunal considera que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Ventas con Reserva de Dominio en concordancia con el artículo 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a la sociedad mercantil TRANSPORTE LAS CLAVELLINAS, C.A., empresa domiciliada en la ciudad de Guatire, Estado Miranda inscrita originalmente ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 29 de agosto de 1967, bajo el No. 32, Tomo 46-A, siendo su última modificación, la inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (Hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 26 de abril de 1995, bajo el No. 28, Tomo 112-A, en la persona de sus Directores, ciudadanos TREMAL R. GING RIVAS y GUIDO SILVINO FRANCO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Guatire, Estado Miranda y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.911.764 y V-6.452.237, respectivamente, en su carácter de compradora y obligada, para que comparezcan, por ante este Tribunal al segundo día de despacho siguiente a la constancia en autos que de la última de las citaciones se haga, mas un (1) día que se les concede como término de distancia para que den contestación a la demanda, incoada en contra de su representada, por MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y para la practica de las citaciones se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, para lo cual se ordena librar despacho bajo oficio. Con respecto a la medida solicitada, el Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en cuaderno de medidas que a tal efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, previo el suministro de los fotostátos respectivos. Líbrese compulsa y abrase cuaderno de medidas;
La Juez
Dra. Maria Rosa Martínez C. La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
EXP.No.45.560