REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 21 de Abril de 2008.
197° y 149°


SOLICITANTE:
• Ciudadana FRANCISCA TRUJILLO ORTUÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.178.916.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

SOLICITUD N°: 6909.-

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

Vista la presente solicitud proveniente del Juzgado Distribuidor de Turno, el cual luego de haber sido sometido a distribución le correspondió su conocimiento a este Tribunal; siendo recibido por Secretaría en fecha 14 de marzo de 2008.
Ahora bien, de la revisión de la solicitud se evidencia que la solicitante no se encuentra asistida de abogado, siendo que el artículo 4 de la Ley de Abogados, dispone:
“Toda persona puede utilizar los órganos de la administración de justicia para la defensa de sus derechos e intereses. Sin embargo, quien sin ser abogado deba estar en juicio como actor, como demandado o cuando se trate de quien ejerza la representación por disposición de la Ley o en virtud de contrato, deberá nombrar abogado, para que lo represente o asista en todo el proceso.” (Negritas del Tribunal)

Y por cuanto, como ya antes se hizo mención, la solicitante no se encuentra asistida de abogado alguno, por lo que resulta forzoso para este Tribunal declarar IMPROCEDENTE la misma, por ser contraria a una disposición expresa de la Ley. ASÍ SE DECIDE.
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la Solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana FRANCISCA TRUJILLO ORTUÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.178.916.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DEL PRESENTE FALLO EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS DE ESTE JUZGADO EN CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 247 Y 248 DEL CÓDIGO ADJETIVO CIVIL.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO UNDÉCIMO DE INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS A LOS (21) DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO (2.008). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
LA JUEZ SUPELNTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,


DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.
ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-

En esta misma fecha, siendo las 10:25 a.m. se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO TITULAR,

Solicitud N° 6909.-
EBG/JOG/alexandra.