REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 23 de Mayo de 2.008.
198° y 149°

Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano JOSE ELIAS MONCADA MORA, quien en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-1.882.725, a su esposa ciudadana CARMEN NELLY COLMENARES DE MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-1.799.677, y a sus dos (02) hijos legítimas ciudadanos EUDES ALEXANDER MONCADA COLMENARES y NOELIA WALKIRA MONCADA DE CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.094.421, y V-8.108.603 respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-

ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-


Exp.: S-7039
EBG/JOG/Ana*