Este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, siendo las dos (2:00) de la tarde del día de hoy veintisiete (27) de mayo del año dos mil ocho (2008), oportunidad fijada para dictar el dispositivo en la presente acción de amparo constitucional, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos YARELIS J. CORREA y CARLOS E. PIÑANGO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la Cédulas de Identidad Nos 12.297.226 y 2.108.190 respectivamente a través de su apoderado judicial abogado EDUARDO J. MOYA TOTESAUT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.940, contra ANAIZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 6.454.560, representada por el abogado RAFAEL A. PIRELA MORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.698, contra los ciudadanos EARLE SISO GARCIA y PEDRO D. GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y de este domicilio, así como contra BANESCO BANCO UNIVERSAL, a través de sus apoderados judiciales OSWALDO PADRON AMARE, RAFAEL GAMUS GALLEGO, FRANCISCO ALVAREZ PERAZA, JOSE RAFAEL GAMUS, OSWALDO PADRON SALAZAR, LIZBETH SUBERO RUIZ, RAFAEL PIRELA MORA, ANA MARIA PADRON SALAZAR y LOURDES NIETO FIERRO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 4.200, 1.59, 7.095, 37.756, 48.097, 24.550, 62.698, 69.505 y 35.416 respectivamente.
Se hace del conocimiento de las partes que el fallo en extenso será publicado dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy, dejando expresa constancia que de conformidad con la sentencia Nº 3046 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 02 de diciembre de 2002, con ponencia del magistrado Dr. Pedro Rafael Rondon Haaz, ni los sábados, ni domingos, ni los días feriados son hábiles para la actuación en el proceso de amparo.
Dada, firmada y sellada en la sala de este Despacho del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de mayo de 2008.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ.

EL SECRETARIO

JOSE OMAR GONZALEZ.
Exp. Nº 25.737