Expediente Nº 25.563
Sentencia Definitiva
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ______________________-
AÑOS: 196° y 149°
PARTES SOLICITANTES: JOSE BENITO HUERTA PIRELA y ANA ESPERANZA NAVAS COLINA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-5.312.702 y V-7.483.554, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: MANUEL ANTONIO ESPINOZA MELET, venezolano, abogado en ejercicio, mayor de edad e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.776.
MOTIVO: PARTICIÓN AMISTOSA.
Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano JOSE BENITO HUERTA PIRELA, supra identificado, debidamente asistido por MANUEL ESPINOZA, antes identificada, por medio de la cual solicitan la homologación de la partición amistosa, este tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:
Conoce este órgano jurisdiccional del escrito de PARTICIÓN AMISTOSA y sus recaudos suscrito por los ciudadanos JOSE BENITO HUERTA PIRELA y ANA ESPERANZA NAVAS COLINA,, supra identificados, y visto que ambas partes acordaron por la vía del CONVENIMIENTO en todas y cada una de las partes la presente la PARTICIÓN AMISTOSA, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos contenidos en ella. Respecto a la solicitud que le sean expedidas copias certificadas del escrito de partición y del presente auto, este tribunal a tenor de lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, __________________________. Años 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ,
LUIS TOMAS LEÓN SANDOVAL
EL SECRETARIO
MUNIR SOUKI
Exp. No. 25.563
LTLS/MS/adp-03
|