REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ____________.
AÑOS: 198° y 149°
PARTES SOLICITANTES: NURIS SUAREZ DE GIRAN, MARYOLGA GIRAN CORTEZ y ENRIQUE GIRAN SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la Cédula de Identidad número V- 3.873.677; V- 3.585.843 y V- 18.304.120 respectivamente, la primera de ellas inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 29.250 y segunda inscrita en el inpreabogado bajo el número 8.220 actuando ambas en su propio nombre y representación y dando asistencia al tercero de los identificados.
ABOGADOS ASISTENTES: NURIS SUAREZ DE GIRAN, MARYOLGA GIRAN CORTEZ, titulares de la cédula de identidad Nº V- 3.873.677 y V- 3.585.843 respectivamente, la primera de ellas inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 29.250 y segunda inscrita en el inpreabogado bajo el número 8.220 actuando ambas en su propio nombre y representación y dando asistencia al ciudadano tercero de los solicitantes identificados.
MOTIVO: PARTICION AMISTOSA (HOMOLOGACIÓN).
Vista la diligencia que antecede de fecha 28 de marzo de 2008, suscrita por las abogadas NURIS SUAREZ DE GIRAN, MARYOLGA GIRAN CORTEZ, supra identificadas, por medio de la cual solicitan la homologación de la presente partición amistosa, este Tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:
Conoce este órgano jurisdiccional del escrito de PARTICION AMISTOSA y sus recaudos suscritos por los ciudadanos NURIS SUAREZ DE GIRAN, MARYOLGA GIRAN CORTEZ y ENRIQUE GIRAN SUAREZ, supra identificados, en fecha 28 de marzo de 2008 y visto que las partes acordaron por la vía del CONVENIMIENTO en todas y cada una de las partes la presente PARTICION, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos contenidos en ella.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ____________.
Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ,
LUIS TOMÁS LEÓN SANDOVAL.
EL SECRETARIO Acc,
En la misma fecha anterior, previo el anuncio de ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo las ____________.
EL SECRETARIO Acc,
Expediente Nº 25.546
LTLS/MS/JO (0).
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