REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Veintiséis (26) de mayo de dos mil ocho (2008), siendo las 09:30 de la mañana, se trasladó y constituyó la Abogado, NELA PASQUALI VESPA, Juez Provisorio Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas y la Secretaria, Abg. MARIELEN RODRÍGUEZ R., en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora, abogados YRAIMA COROMOTO AGUILARTE y JOSÉ MIGUEL PEÑA AGUILARTE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.15.935 y 115.453, respectivamente, así como de los auxiliares de justicia designados por este Juzgado, ciudadanos, SORAYA OJEDA, depositario de la firma “LA CONSOLIDADA, C.A” y RAFAEL BENITEZ, como perito avaluador, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 6.195.326 y 4.681.028., respectivamente, quienes aceptaron los cargos y prestaron el juramento de ley, tal y como consta del libro de actas llevado al efecto, en la siguiente dirección: Un Apartamento distinguido con el Número Cincuenta y Uno (51), del piso 5, situado en el Edificio CARISA, situado en la Segunda Calle de la Urbanización Bello Monte, Municipio Libertador del Distrito Capital; a fin de dar cumplimiento a la medida de SECUESTRO, decretada por el Juzgado Undécimo de Municipio de esta Circunscripción Judicial, con motivo del Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue ADMINISTRADORA ÁVILA NORTE, C.A. contra MARÍA DEL PILAR GARCÍA. Seguidamente el Tribunal procedió a dar los toques de ley a las puertas del inmueble, respondiendo al llamado judicial una persona que dijo ser y llamarse, FEDERICO JUAN ACUÑA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº.4.589.588., quien impuesto de la misión del Tribunal manifestó ser esposo de la demandada y ocupante del inmueble, permitiendo así el acceso del Tribunal al interior del mismo, pudiéndose constatar que se encontraba libre de bienes muebles y libre de personas. Acto seguido este Tribunal a solicitud de los Apoderados Actores y en cumplimiento de su misión declara SECUESTRADO el siguiente bien inmueble: Un Apartamento distinguido con el Número Cincuenta y Uno (51), del piso 5, situado en el Edificio CARISA, situado en la Segunda Calle de la Urbanización Bello Monte, Municipio Libertador del Distrito Capital y lo pone en posesión del depositario del inmueble designado al efecto, parte actora, ADMINISTRADORA ÁVILA NORTE, C.A., en la persona de sus apoderados judiciales, YRAIMA COROMOTO AGUILARTE y JOSÉ MIGUEL PEÑA AGUILARTE, antes identificados, quienes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley, ante este Juzgado y exponen: ”Recibimos conformes el inmueble
antes identificado, libre de bienes y personas, joyas, dinero y títulos valores, es todo.” Este Juzgado ordena expedir copias certificadas del presente Despacho íntegro, a fin de que las mismas reposen en los archivos de este Tribunal para su debido control. Este Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, de conformidad a lo establecido en el Acuerdo de fecha 29-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Siendo las 10:30 de la mañana, se declara concluido el presente acto y se ordena el regreso a la sede de este Juzgado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. NELA PASQUALI VESPA
LOS APODERADOS ACTORES Y DEPOSITARIOS DEL INMUEBLE DESIGNADOS POR EL COMITENTE
EL DEPOSITARIO
EL PERITO
EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA
ABG. MARIELEN RODRÍGUEZ R.