REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Quince (15) de Mayo del año dos mil ocho (2008), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular Abogada Aurimar Flores Madera, en compañía del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado ANTONIO TAUIL, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 33.131; en la siguiente dirección: Local Comercial “C” situado en la planta baja de la Casa N° 9, ubicado en la Primera Avenida de la Urbanización Monte Cristo en Jurisdicción del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda; a objeto de practicar la medida de Secuestro, decretada y ordenada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por Desalojo, sigue GIUSEPPA SALERNO DE NERI, contra JESUS ALBERTO ZERPA MARCANO y ROGELIO ALBERTO ALZUALDE RAMIREZ, expediente n° 15.765.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal procedió a notificar de su misión al ciudadano: JESUS ALBERTO ZERPA MARCANO, identificado con la cédula de Identidad N° V-10.216.820, quien manifestó ocupar el inmueble y procedió de seguidas a comunicarse vía telefónica con su Abogada de nombre SERGIA TINEO.- En este estado se hace presente en el acto la Abogada SERGIA TINEO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 55.187, quien asiste en este acto al notificado y de seguidas expone:” Consigno en este acto planilla de depósito bancario N° 1098582, correspondiente al canon de arrendamiento de los meses Diciembre del 2007 hasta mayo del 2008, por la cantidad de doce mil bolívares fuertes, solicitándole a este Juzgado se abstenga de practicar la medida, ya corresponde al Tribunal de la Causa la decisión.- Vista la exposición del notificado debidamente asistido de abogada, así como la planilla de Depósito Bancario consignada, correspondiente a los cánones de arrendamiento demandados tal y como lo indica el Despacho, este Tribunal se abstiene de practicar la medida de SECUESTRO comisionada, y ordena remitir estas actuaciones al Tribunal de la Causa, da por terminado el acto siendo las 12:00m.- terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TITULAR
EL NOTIFICADO Y SU
ABOGADA ASISTENTE
EL APODERADO ACTOR
LA SECRETARIA