REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Ocho (08) de Mayo del año dos mil ocho (2008), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular Abogada Aurimar Flores Madera, en compañía de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada TERESA BORGES, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 22.629; en la siguiente dirección: Locales C y 1-B (unidos) del Edificio Residencias Trevi, ubicado en la Avenida José Félix Rivas, Tercera Transversal, Urbanización Mi Encantos, Los Palos Grandes, Municipio Chacao del Estado Miranda, Distrito Capital; a objeto de dar cumplimiento a la medida de Secuestro, decretada y ordenada por el Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por Resolución de Contrato (Inquilinato), sigue la Sociedad Mercantil INVERSIONES 600 S.R.L., contra la Sociedad Mercantil MRR ESTACION DE BELLEZA C.A, expediente N° AP-V-2007-001893.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley, sin ser atendido su llamado por persona alguna.- En este estado la Apoderada Judicial de la Parte Actora, expone: “ Por cuanto no se encuentra persona alguna que permita el acceso al interior del inmueble, a los fines de materializar la medida, solicito de éste Juzgado designe cerrajero para que abra las puertas y dar cumplimiento a la medida” Es todo.- Vista la solicitud el Tribunal designa cerrajero al ciudadano Vincenzo Routolo, Venezolano, mayor de edad, e identificado con la cédula de Identidad N° 6.170.595; quien estando presente en el acto acepto el cargo y prestó juramento de ley, procediendo de seguidas a abrir las puertas utilizando medios mecánicos para ello .- Abiertas las puertas por parte del cerrajero designado, el Tribunal deja constancia que recorridas como fueron sus áreas no se encontró persona alguna, ni la existencia de bienes muebles, dinero en efectivo, joyas ni títulos valores, y en cumplimiento de la misión encomendada declara Secuestrado los Locales C y 1-B (unidos) del Edificio Residencias Trevi, ubicado en la Avenida José Félix Rivas, Tercera Transversal, Urbanización Mi Encantos, Los Palos Grandes, Municipio Chacao del Estado Miranda, Distrito Capital, y lo coloca en posesión de la Parte Atora, en la persona de su Apoderada Judicial, Abogada Teresa Borges, Depositaria del Inmueble designada por el Tribunal Comitente, quien estando presente acepto el cargo y prestó juramento de ley, tomando posesión del inmueble libre de bienes y personas. Conforme en nombre de su representada.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto siendo las (11:00 a.m.).- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TITULAR
LA APODERADA ACTORA,
EL CERRAJERO
LA SECRETARIA
EXP: 1869-08