REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS


198° y 149°


I


Conoce esta Alzada de la Inhibición planteada por el Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL, Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por encontrarse incurso en la causal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento sigue la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA AVILA NORTE C.A. contra la ciudadana JAHNNY JOSEFINA VALDERRAMA PAEZ.

El 22 de abril de 2008 el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Distribuidor y mediante sorteo, asignó a esta Alzada el conocimiento y decisión de la presente incidencia.

Mediante auto dictado el 09 de mayo de 2008, este Tribunal Superior le dio entrada a la presente incidencia abocándose a su conocimiento, fijándose lapso para dictar sentencia.
Cursa en autos acta de Inhibición de fecha 18 de enero de 2008, en la cual el Juez expone:

“...y en virtud de que en cuyo proceso, la parte demandada apeló de la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha once (05) de febrero de dos mil cuatro (2004), dicha sentencia apelada fue decidida por quien suscribe cuando ejercía la función de Juez del Juzgado antes identificado y así consta del mencionado expediente, situación ésta que se equipara a una manifestación de opinión sobre lo debatido; por ello, me INHIBO de seguir conociendo del presente juicio por considerar estar incurso en la causal décima quinta (15ta), del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil ....”


II

Vista la inhibición planteada por el ciudadano Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL, este Órgano Jurisdiccional se adentra al análisis de la misma y su subsecuente pronunciamiento.

Sobre las Recusaciones e Inhibiciones de los Funcionarios Judiciales nuestra Ley Adjetiva Civil consagra en su artículo 82, ordinal 15°, lo siguiente:
“Por haber el recusado manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente, antes de la sentencia correspondiente, siempre que el recusado sea el Juez de la causa”.



Ahora bien, conforme a las transcripciones que anteceden, esto es lo esgrimido por el Juez inhibido, quien se fundamenta en la citada norma, considera esta Alzada que la confesión que emana del propio Magistrado, en el sentido de expresar clara e indubitamente su situación de orden subjetivo, respecto de la imparcialidad y el buen ánimo que debe imperar en el fuero interno del Juez a fin de que la decisión que al final del proceso deba proferirse no se encuentre influida por otras consideraciones que no sean las razones objetivas de aplicación e interpretación del Derecho al caso concreto, es la forma correcta en que debe actuar todo Juez.

En tal sentido, para este Órgano Jurisdiccional, el hecho de que el propio Juez haya manifestado su indisposición de seguir conociendo la referida causa contenida en el expediente Nro. AP-637 por cuanto la base de sustentación en que se apoya es la de haber emitido opinión el 11 de febrero de 2004 en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento seguido por Administradora Ávila Norte C.A. contra la ciudadana Jahnny Josefina Valderrama Páez, son motivos suficientes para que en aras de una administración de justicia transparente y apegada a las normas del derecho, no influenciada por animadversiones o contratiempos personales, se declare procedente la inhibición propuesta por el Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL, Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con base en el Ordinal 15° del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, produciéndose con ello el efecto previsto en el artículo 84 eiusdem.


III

Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Inhibición planteada por el Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL, ciudadano Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento seguido por Administradora Ávila Norte C.A. contra la ciudadana Jahnny Josefina Valderrama Páez.

Publíquese, regístrese la presente decisión y en su oportunidad legal remítase al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad Capital, a los doce (12) días del mes de mayo dos mil ocho (2008).
EL JUEZ



Dr. ALEXIS JOSE CABRERA ESPINOZA


LA SECRETARIA


Abg. DAYANA ORTIZ RUBIO


En la misma fecha anterior, previo el anuncio de Ley, se publicó y se registró la anterior decisión siendo las nueve y treinta y siete minutos de la mañana (9:37 a.m.)
LA SECRETARIA

Abg. DAYANA ORTIZ RUBIO

Exp. N. I-9901
AJCE/nmm