REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA TEMPORAL No. 02
Guanare, 11 de noviembre de 2008
198º y 149º
Vista la solicitud formulada por la ciudadana JANET BERENICE SILVA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 9.409.339, de este domicilio, actuando en representación de sus hijas, la adolescente XXXXXXXXXXXX y la niña XXXXXXXXXXXXXXX de doce (12) y once (11) años de edad, respectivamente, debidamente asistida por la Abogada OMAIRA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, inscrita en el Ipsa bajo el No. 101.707, para que este Tribunal emita autorización judicial para tramitar el cobro de bolívares, por concepto de Fideicomiso de las prestaciones sociales por ante el Ministerio de Infraestructura (MINFRA), en razón de la muerte del ciudadano PEDRO CELESTINO GARCÍA, ocurrida en fecha 27/09/2005, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y apareciendo evidente que el adolescente tiene la cualidad que se le señala, este Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana JANET BERENICE SILVA RODRIGUEZ, identificada anteriormente, para que gestione el pago de las cantidades de dinero que le corresponda a la adolescente XXXXXXXXXXXX y a la niña XXXXXXXXX, por los expresados conceptos advirtiéndoles a los organismos, instituciones o empresas
que las cantidades de dinero deberán ser remitidas a este Tribunal en cheque a nombre de las referidas hermanas. Así mismo se acuerda la apertura de una cuenta de ahorro a nombre de las Hermanas XXXXXXXXXXXXX, cuando conste en autos los cheques emitidos. Expídanse por Secretaria tres copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.
La Jueza Temporal,
Abog. Dorka Yesenia Rodriguez
La Secretaria,
Abog. Florbelia Josefina Urquiola Corona
Sol. No. 2126
DYR/fjuc/miriam q.-
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