REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
198 ° y 149 °
Caracas 7 de noviembre de 2008
Exp Nº AP21-R-2008-001521

PARTE ACTORA: DEANNEY DE JESÚS RODRÍGUEZ.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Luis E. Azocar, inscrito en el ipsa bajo el número 95061.

PARTE DEMANDADA: AMECA AMERICAN ENERGY, C.A.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Sentencia: interlocutoria.

Han subido a esta alzada por distribución las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la decisión proferida en fecha 07 de octubre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, mediante la cual homologa la transacción celebrada entre las partes, todo en el juicio seguido por Deanney Rodríguez en contra de la empresa Ameca American Energy, c.a.

Recibidos los autos en fecha 03 de noviembre de 2008 y en tal sentido se fijó la audiencia de parte para el día 07 de noviembre de 2008 a las 8:45 pm.

Siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia oral en la cual se dictó el dispositivo del fallo de conformidad con las previsiones de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sentenciadora procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:

En la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo se estableció:

“…Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

1°) HOMOLOGADA la transacción celebrada con respecto al codemandante DEANNEY DE JESÚS RODRÍGUEZ, en la demanda interpuesta por los ciudadanos DEANNEY DE JESÚS RODRÍGUEZ, DOUGLAS E. EREIRA M., CARLOS A. JIMÉNEZ C., KELVYS J. FERMÍN, GREGORIO A. AGUILERA y LUIS J. VALLERA, contra la sociedad mercantil «AMECA AMERICAN ENERGY, C.A.», ambas partes debidamente identificadas en los autos.

2°) No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.

3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive…”.

CAPITULO I
DEL OBJETO DE LA APELACIÓN

El objeto de la presente apelación se circunscribe a la revisión de la decisión de fecha 07 de octubre de 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. Así se resuelve.

CAPITULO II
DEL DESISTIMIENTO

Siendo la oportunidad legal para decidir el presente juicio, esta Alzada observa que iniciada la audiencia de parte fijada para el 07 de noviembre de 2008 a las 08:45 am., la secretaría del tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante, en la sede de la sala de espera del circuito al momento de haber sido anunciado el acto por el alguacil encargado en el presente Juicio.

De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante, su comparecencia, y en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia al acto acarrea el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está establecido en todo lo largo de la normativa procesal para las audiencias a celebrarse, por ante los Juzgados Superiores.

En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia del apelante a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión publicada en fecha 07 de octubre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.

DISPOSITIVO

Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la decisión proferida en fecha 07 de octubre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, mediante la cual homologa la transacción celebrada entre las partes, todo en el juicio seguido por Deanney Rodríguez en contra de la empresa Ameca American Energy, c.a. SEGUNDO: se exonera de costas a la parte actora de conformidad con las previsiones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.

Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas, a los siete (7) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008). Años 198º y 149º.
DIOS Y FEDERACIÓN
JUEZ

FELIXA ISABEL HERNÁNDEZ LEON

EL SECRETARIO
NOTA: En esta misma fecha, previa las formalidades de Ley, se dictó, diarizó y publicó la anterior Sentencia.
EL SECRETARIO
Exp. AP21-R-2008-001521
FIHL/KLA









REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
198 ° y 149 °
Caracas 7 de noviembre de 2008
Exp Nº AP21-R-2008-001521

PARTE ACTORA: DEANNEY DE JESÚS RODRÍGUEZ.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Luis E. Azocar, inscrito en el ipsa bajo el número 95061.

PARTE DEMANDADA: AMECA AMERICAN ENERGY, C.A.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Sentencia: interlocutoria.

Han subido a esta alzada por distribución las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la decisión proferida en fecha 07 de octubre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, mediante la cual homologa la transacción celebrada entre las partes, todo en el juicio seguido por Deanney Rodríguez en contra de la empresa Ameca American Energy, c.a.

Recibidos los autos en fecha 03 de noviembre de 2008 y en tal sentido se fijó la audiencia de parte para el día 07 de noviembre de 2008 a las 8:45 pm.

Siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia oral en la cual se dictó el dispositivo del fallo de conformidad con las previsiones de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sentenciadora procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:

En la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo se estableció:

“…Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

1°) HOMOLOGADA la transacción celebrada con respecto al codemandante DEANNEY DE JESÚS RODRÍGUEZ, en la demanda interpuesta por los ciudadanos DEANNEY DE JESÚS RODRÍGUEZ, DOUGLAS E. EREIRA M., CARLOS A. JIMÉNEZ C., KELVYS J. FERMÍN, GREGORIO A. AGUILERA y LUIS J. VALLERA, contra la sociedad mercantil «AMECA AMERICAN ENERGY, C.A.», ambas partes debidamente identificadas en los autos.

2°) No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.

3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive…”.

CAPITULO I
DEL OBJETO DE LA APELACIÓN

El objeto de la presente apelación se circunscribe a la revisión de la decisión de fecha 07 de octubre de 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. Así se resuelve.

CAPITULO II
DEL DESISTIMIENTO

Siendo la oportunidad legal para decidir el presente juicio, esta Alzada observa que iniciada la audiencia de parte fijada para el 07 de noviembre de 2008 a las 08:45 am., la secretaría del tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante, en la sede de la sala de espera del circuito al momento de haber sido anunciado el acto por el alguacil encargado en el presente Juicio.

De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante, su comparecencia, y en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia al acto acarrea el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está establecido en todo lo largo de la normativa procesal para las audiencias a celebrarse, por ante los Juzgados Superiores.

En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia del apelante a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión publicada en fecha 07 de octubre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.

DISPOSITIVO

Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la decisión proferida en fecha 07 de octubre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, mediante la cual homologa la transacción celebrada entre las partes, todo en el juicio seguido por Deanney Rodríguez en contra de la empresa Ameca American Energy, c.a. SEGUNDO: se exonera de costas a la parte actora de conformidad con las previsiones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.

Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas, a los siete (7) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008). Años 198º y 149º.
DIOS Y FEDERACIÓN
JUEZ

FELIXA ISABEL HERNÁNDEZ LEON

EL SECRETARIO
NOTA: En esta misma fecha, previa las formalidades de Ley, se dictó, diarizó y publicó la anterior Sentencia.
EL SECRETARIO
Exp. AP21-R-2008-001521
FIHL/KLA