REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2008-002308
Visto el escrito contentivo de las pruebas promovidas por la parte actora, el cual riela a los folios 45 al 48, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto de las mismas, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 numeral 1 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos:
TESTIMONIALES
De los ciudadanos PERCY RICARDO y RUBEN MARCHENA, este Tribunal ADMITE los mismos y en consecuencia, deberán comparecer por ante este Juzgado, a los fines de rendir declaración como testigos, en la Audiencia de Juicio que será fijada por auto separado. ASI SE ESTABLECE.
INSTRUMENTALES
Que rielan del folio 49 al 61, ambas inclusive, del presente expediente, se ADMITEN quedando a salvo su apreciación o no en la sentencia del mérito.- ASI SE DECIDE.-
EL JUEZ
OSWALDO RAFAEL FARRERA CORDIDO
EL SECRETARIO
NELSON DELGADO