REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Cinco (05) de Noviembre de dos mil Ocho (2008)
198º y 149º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-002295.
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO SALAZAR PINEDA.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RAUL ZAMORA .
PARTE DEMANDADA: ATENTO VENEZUELA, C.A..
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA : FLORANYEL SALCEDO..
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.


En el día hábil de hoy, Cinco (05) de Noviembre de 2008, siendo las 2:00 p.m, dia y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOSE GREGORIO SALAZAR PINEDA C.I N° 15.098.014 en su carácter de parte actora, RAUL ZAMORA HERNANDEZ inpreabogado N°7.075 en su carácter de apoderado judicial de la párte actora según consta en poder de representación ya inserto en el expediente, FLORANYEL SALCEDO inpreabogado N° 95.980 en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, según consta en poder de representación ya inserto en el expediente , dandose inicio a la audiencia. La parte demandada ATENTO VENEZUELA, C.A., en este acto ofrece a la parte actora la cantidad total de DIECIOCHO MIL CIENTO TRES BOLIVARES FUERTES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs F.18.103,47) en dos (2) cheques, un primer cheque por la cantidad de DOCE MIL CIENTO SESENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON VEINTE CENTIMOS (BS.F. 12.166,20) identificado con el N° 00307244 girado en contra del Banco Provincial a nombre del ciudadano SALAZAR PINEDA JOSE GREGORIO ,Y un segundo cheque por la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON DIECISIETE CENTIMOS (BS.F. 5.937,17) identificado con el N° 00307257 girado en contra del Banco Provincial a nombre del ciudadano SALAZAR PINEDA JOSE GREGORIO todo estos pagos por concepto de prestaciones sociales y salarios caidos. Ambas partes manifiestan que existe una diferencia por pagar el cual se encuentra en discusión en el asunto signado con el AP21-S-2008-000541 el cual se encuentra en curso en el Juzgado Decimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Sustanciacion, Mediacion y Ejecucion de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas. a continuación la parte actora declara que esta totalmente de acuerdo con la propuesta hecha por la parte demandada y declara en este acto recibir los cheques ya anteriormente identificados. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.

El Juez

La Secretaria

Abog. Eduardo Nuñez
Keyu Abreu



PARTE ACTORA


APODERADO DE LA PARTE ACTORA




APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA