REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2008-004448
PARTE ACTORA:EMPERATRIZ MANRIQUE SANCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: MINCI
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:JOSE MORA Y INDIRA MEDINA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy diez (10) de noviembre de dos mil ocho, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecen en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, los abogados INDIRA MEDINA Y JOSE MORA inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos y 70.424 y 98.728, respectivamente según se evidencia en instrumento poder que presenta para su confrontación con el original constante de dos folios útiles los cuales se ordena agregar a los autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.


La Jueza

La Secretaria

Abg. Geraldine Eugenne Louis Nuñez

Abg. Gloria Medina