REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal Nº 10.
Caracas, doce (12) de Noviembre de 2008.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-014812

Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana DIOMEDES MILAGROS BARRIOS BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.954.092, actuando en nombre y representación de su hija la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), quien se encuentra asistida por la abogada MARITZA VALERO GONZALEZ, en su carácter de Defensora Pública Quinta (5°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicita que la niña antes mencionada, sea declarada como Carga Familiar del ciudadano CARLOS HUMBERTO BARRIOS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-3.474.586, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y en especial las declaraciones de los testigos promovidos, ciudadanas RAYMA GABRIELA LOVERA GONZALEZ y MARINA DOLORES MARQUEZ DE TRONCONIS, plenamente identificadas en autos; así como la manifestación de voluntad del ciudadano CARLOS HUMBERTO BARRIOS BASTIDAS, ya identificado, esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara a la (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), como Carga Familiar del ciudadano CARLOS HUMBERTO BARRIOS BASTIDAS, antes identificado. Expídanse por secretaría las copias certificadas que requiera la parte interesada con inserción de la presente decisión, y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregados en su oportunidad correspondiente. Cúmplase lo ordenado una vez se aporten los fotostatos respectivos.-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
ABG. IVAN CEDEÑO.


AP51-S-2008-014812
Luis Serrano.