REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal N° 10.
Caracas, seis (06) de Noviembre de dos mil ocho (2.008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-018215

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentados por la ciudadana ARGELYS GUEVARA, en su carácter de Defensora de Niños, Niñas y Adolescente N° 097, del Municipio Libertador del Distrito Capital, actuando en el interés superior de los niños (se omiten los nombres conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), hijos de los ciudadanos EDGAR EUCLIDES GARCIA PAEZ y ANGELICA DEL CARMEN REBOLLEDO DELGADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-12.827.553 y V-15.342.392, respectivamente, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresas en la ley, esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, después de haber revisado las actas procesales que cursan el presente asunto y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenimiento de Obligación de Manutención suscrito por los padres de los niños antes mencionados, en los mismos términos y condiciones por ellos establecidos en fecha 08/10/08, ante el referido Defensor, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguense a los interesados ante la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), una vez los mimos consignen los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,

MAIRIM RUIZ RAMOS. EL SECRETARIO,

ABG. IVAN CEDEÑO.
AP51-S-2008-018215