REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Juez Unipersonal Nº 10
Caracas, 07 de Noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2008-018399


Por recibido de la Unidad de Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 29/10/08, désele entrada, anótese en los libros respectivos y regístrese bajo la nomenclatura de este Circuito Judicial la presente demanda (AP51-V-2008-018399). Visto el escrito presentado por la ciudadana YOLIMAR MARTINEZ ALARCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.039.516, mediante la cual solicita a este Tribunal se le rectifique el acta de Defunción del de cujus FRANKLIN RAFAEL MARCANO PARUCHO, quien en vida fuera titular de la cedula de identidad N° V-8.270.135, y padre del niño (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente); esta Sala de Juicio considera que la intervención judicial en este caso, le corresponde al Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de esta misma Circunscripción Judicial; en consecuencia, este Tribunal a cargo de la Jueza Unipersonal N° X del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, DECLINA la competencia en razón de la materia al Juez Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil. Remítase la totalidad de las actuaciones del presente expediente, al ente jurisdiccional competente, a fin de que le sea asignado al Juez Unipersonal correspondiente. Déjese transcurrir el lapso legal establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, con el objeto de que las partes puedan solicitar la regulación de la competencia en el presente caso. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA,

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS
EL SECRETARIO,


ABG. IVAN CEDEÑO
AP51-V-2008-018399
MRR/IC/José Chiquito.-