REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA UNDÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio
Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, siete (07) de Noviembre de dos mil siete (2007)
196º y 148º
ASUNTO: AP51-V-2008-016859
Vista la diligencia de fecha 05 de noviembre de 2008, presentada por la Defensora Pública Primera de Protección de Niños y Adolescentes del Área metropolitana de Caracas, abogada YOLIMAR DUQUE MORALES, actuando en representación de la ciudadana YOLIMAR ELENA TORREALBA ACOSTA, titular de la cedula de identidad N° 12.057.912, en su condición de madre y titular de la patria potestad de las adolescentes, y visto el contenido de la solicitud, así como la comunicación emanada de la empresa Almacenadora Sumiservi 2320, C.A., donde informan sobre la cesación de la relación labora del demandado, Esta Sala de Juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y a los fines de garantizar el interés de las adolescentes, apreciando la gravedad y urgencia, DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE EMBARGO, sobre la totalidad de las prestaciones sociales del demandado, ciudadano VICTOR GERMAN TERAN ALVARADO, titular de la cédula de identidad Nº V-10.814.512, quien laboraba en la Almacenadora Sumiservi 2320, C.A. hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el presente caso y se disponga lo conducente en relación a dichas prestaciones, a tal efecto líbrese oficio a la mencionada empresa.- Líbrese oficio.-
La Juez,
Abg. Dania Ramírez Contreras
La Secretaria,
Abg. Lenni Carrasco
DR.