REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, dieciocho (18) de Noviembre de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-018706

Vista la aceptación al cargo de Curadora Ad-hoc hecha por la ciudadana REINA SOBEIDA TRONCOSO DE SIERRA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.750.238; esta Jueza Unipersonal No. 12, del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCIERNE en la persona de la ciudadana REINA SOBEIDA TRONCOSO DE SIERRA, antes identificada, el Cargo de CURADORA AD-HOC, del Adolescente, de dieciséis (16) años de edad. Expídase por Secretaría copias certificadas del presente auto con inserción del acta que antecede y del escrito de solicitud, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado.
La Juez,


Sara Guardia Soto La Secretaria,


Adriana Mireles

SEGS/AM//
Motivo: Curatela.
AP51-S-2008-018706