REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° XIII
Caracas, 18 de noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2004-003284
Por cuanto fui designada como Jueza Provisoria, según oficio Nº 3521, de fecha 27 de septiembre de 2006, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, y encontrándome debidamente juramentada por ante la Rectoría Civil, y habiendo tomado posesión del cargo indicado, a partir del 03/11/2006 me aboco al conocimiento de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. Vista que la presente solicitud de autorización judicial para comprar fue propuesta y otorgada, habiéndose logrado su fin con el pronunciamiento de este órgano jurisdiccional al respecto, en consecuencia se declara concluido el presente caso. Se ordena el cierre del presente asunto y el archivo del expediente. Devuélvase todo original. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Abg. Jaizquibel Quintero Aranguren.
La Secretaria,
Abg. Sally Guerrero.
ASUNTO : AP51-S-2004-003284
Aut. Jud.
JQA/YC.