REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio XIV
Caracas, 18 de Noviembre de 2008
98º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2008-019402
Vista la demanda de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por el ciudadano JUVENAL RAMÍREZ ANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 9.992.101, debidamente asistido por la Abogada Elizabeth H. Vitoria A., Defensora Pública Décima (10°), en su carácter de padre de la adolescente (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de trece (13) años de edad, donde solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento de la mencionada adolescente, en virtud del error material en el que se incurrió, a saber: Se asentó el Nombre y Apellido del padre de la adolescente de autos como: “ANGEL JUVENAL RAMIREZ” siendo lo correcto: “JUVENAL RAMIREZ ANGEL”; es decir, se le invirtió sus apellidos; al respecto esta Sala de Juicio Observa: Para demostrar los hechos alegados la parte solicitante consignó a los autos, a) Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la adolescente, asentada bajo el N° 280, de fecha 5 de abril de 1995, inserta en el libro de nacimientos llevados por la Autoridad Civil de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, Prefectura de Caracas, Jefatura Civil de la Parroquia Santa Teresa, Folio 140vto., Año 1995; documento al cual quien decide le otorga Pleno Valor Probatorio, en virtud de ser instrumento público de conformidad con los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento; b) Original de Datos Filiatorios, de N° RIIE-1-0501-3745, emitido por la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), en fecha 08 de Octubre de 2008, mediante el cual este organismo verifica que el nombre del padre de la adolescente es JUVENAL RAMÍREZ ANGEL, suscrito por el Director (E) de Dactiloscopia y Archivo Central, TTE. (EJNB) Howher Leonardo D’ Llan Salazar, a este documento esta Sentenciadora, le otorga Valor Probatorio, en virtud de emanar del Organismo Público Administrativo facultado por Ley para otorgar el mismo. En consecuencia, y analizados como han sido los recaudos cursante a los autos, y en virtud de que la presente solicitud no requiere de un procedimiento ordinario, esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de Partida de Nacimiento, en consecuencia se acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el Acta de Nacimiento a nombre de la adolescente (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de trece (13) años de edad, asentada bajo el N° 280, de fecha 5 de abril de 1995, inserta en el libro de nacimientos llevados por la Autoridad Civil de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, Prefectura de Caracas, Jefatura Civil de la Parroquia Santa Teresa, Folio 140vto., Año 1995, en este sentido: Donde se colocó el nombre y apellido del padre de la adolescente de autos, como: “ANGEL JUVENAL RAMIREZ”, debe asentarse: “JUVENAL RAMIREZ ANGEL”. Asimismo se ordena oficiar al Registrador Principal del Distrito Capital y a la Autoridad Civil de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, Prefectura de Caracas, Jefatura Civil de la Parroquia Santa Teresa, Municipio Libertador, Distrito Capital, a los fines de que efectúen la debida corrección. Archívese el expediente. Y así se decide.
LA JUEZA,
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS ANDRÉS FONSECA
AP51-V-2008-019402
Rectificación de Partida de Nacimiento
YLV/CAF/
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