REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, ___ de _____________ de 2008
198º y 149º
Visto el escrito de promoción de pruebas que antecede presentado en esta misma fecha por la abogada SANDRA MAIONE LEON, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano ENRICO MAIONE ABATE, cursante a los folios 74 y 75 del expediente, así como también la diligencia suscrita por la referida abogada, que corre al folio que antecede, mediante la cual se opone a la prueba de Inspección Judicial admitida el día de hoy (07-11-2008), el Tribunal ordenar el escrito de pruebas al expediente. A los fines de su admisibilidad este Juzgado observa:
Respecto a las pruebas documentales, contenidas en el Capítulo I, el Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación o no en la definitiva. Así se precisa.-
En cuanto a la oposición de la prueba de Inspección Judicial admitida el día de hoy (07-11-2008), este Tribunal admitió tal prueba, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente, pudiendo la diligenciante estar presente en la práctica de la misma, a los fines de su evacuación. Por tal razón se desecha la oposiciónformulada en los términos planteados PoAsí se establece.-
La Juez, Dra. María Rosa Martínez Catalán. La Secretaria, Norka Cobis Ramírez EXP. No. 45484
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