República Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas.


SOLICITANTE: Ángela Baritto de la Cruz, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad V- 4.120.882.

ABOGADO ASISTENTE: Maria C. Cancino Prado, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 59.359.-

MOTIVO: Rectificación de Partida de Nacimiento.

EXPEDIENTE: 08-0957

Vista la anterior solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana Ángela Baritto de la Cruz, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad V- 4.120.882, asistida por el abogado Maria C. Cancino Prado, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 59.359, mediante la cual solicita la rectificación de su Partida de Nacimiento, expedida por La Prefectura de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha doce (12) de Agosto de dos mil ocho (2008), alegando que en ella se coloco incorrectamente el segundo apellido de su padre. Para sus efectos probatorios acompañaron a la solicitud, partida de nacimiento, acta de matrimonio de los padres del ciudadano Juan Fortuna Barito Sas anexo a esta copia simple de la nota marginal donde rectifica el segundo apellido de su padre expedida por el Registro Principal del Distrito Capital.
Comprobado como ha sido lo alegado y visto el error cometido, que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación, se procede a tramitarlo meramente, en tal sentido este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la rectificación del acta de nacimiento consignada y donde aparezca “Juan Baritto Sasso” debe leerse “Juan Barito Sas”, quedando así rectificada el acta de nacimiento consignada. En consecuencia, líbrese Oficio acompañado de Copias Certificadas del escrito de Solicitud y de la presente providencia, a La Prefectura de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 773 y 774 ambos del Código de Procedimiento Civil.-

Regístrese, publíquese y déjese copia.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, diez (10) de Noviembre de dos mil ocho (2008).- Años: 198° de la Independencia y 149º de la Federación.-
El Juez Titular


Dr. Carlos Spartalian Duarte
La Secretaria Acc.,


Helen Meléndez
En esta misma fecha siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registró y publicó la anterior providencia.-
La Secretaria Acc.,


Helen Meléndez
IPB/HM/Marisol
Exp. S- 08-0957