República Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas.

Vista la Transacción consignada en fecha diecisiete (17) de octubre del año en curso, entre los ciudadanos Francisco Gil Herrera, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 97.215, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Francisco Suárez León, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 1.757.104, parte actora y por la otra el abogado David Aponte, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 33.269, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Rossana Isabel Landinez Cordova, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.864.181, parte demandada, este Tribunal a los fines de resolver observa:

Luego de una revisión minuciosa de los instrumentos cursantes a los autos, se verifica que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la controversia y que el derecho litigioso puede ser objeto de esta actuación procesal. Igualmente se pudo constatar que los apoderados judiciales de las partes que aparecen suscribiendo dicha transacción tienen facultades expresas para celebrar transacciones. En tal virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y cumplidos como se encuentran los extremos legales contenidos en los artículos 1.713, 1.714 y 1.718 del Código Civil, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción antes referida, dando por consumado el acto, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, en los mismos términos en que fue suscrita por las partes.

Con respecto a la suspensión de medida solicitada, este Tribunal deja constancia que se pronunciará al respecto por auto separado en cuaderno de medidas.-

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta providencia en el Departamento de Archivo de este Juzgado.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los tres (03) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte
La Secretaria Acc,


Brigitt Rojas
En la misma fecha, se libró copia certificada de la providencia anterior y se en el Departamento de Archivo del Juzgado, por aplicación analógica del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se dio cumplimiento a lo ordenado.-
La Secretaria Acc,

Brigitt Rojas
CSD/Br/eylin
Exp. Nº 01-11089