REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Cinco (05) de Noviembre del año Dos Mil Ocho (2008), siendo nueve y treinta minutos de la mañana, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Nestor Sayago, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 10.041, los auxiliares de justicia los ciudadanos Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial la R.C., C.A., el perito avaluador, Ruben Rondon, quien es mayor edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, en la siguiente dirección: apartamento identificado con el numero setenta y cuatro (Nro. 74), ubicado en la planta séptima del edificio denominado Residencias Doramil, ubicado en el Angulo Nor-Oeste, formado por la Intersección de la Avenida Fuerzas Armadas (Norte 7) y la Avenida Este 7, Parroquia San José, Jurisdicción del Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA sigue el ciudadano MIGUEL RAMOS ROJAS contra los ciudadanos JOSE JESUS ACOSTA PARRA y ROSALIA MARIA DIAZ.- Una vez a las puertas del inmueble señalado por la representación de la parte actora, el Tribunal procede a dar los tres toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por personal alguna.-En este estado el Tribunal dando cumplimiento a la misión encomendada, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble constituido por un apartamento identificado con el numero setenta y cuatro (Nro. 74), ubicado en la planta séptima del edificio denominado Residencias Doramil, ubicado en el Angulo Nor-Oeste, formado por la Intersección de la Avenida Fuerzas Armadas (Norte 7) y la Avenida Este 7, Parroquia San José, Jurisdicción del Municipio Libertador, Distrito Capital, tiene una superficie aproximada SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (74,00 MTS2), y se encuentra alinderado así: por el NORTE: Apartamento Nro. 73; SUR: Fachada Sur: ESTE: Fachada Este; y, OESTE: Pasillo de circulación por donde tiene un acceso, fachada oeste; le corresponde un porcentaje sobre los derechos y obligaciones derivados del régimen de condominio de un entero con noventa y dos centésimas por ciento (1,92%) y están determinados en el documento de condominio, pertenece a los demandados, ciudadanos José Jesús Acosta Parra y Rosalía Maria Díaz, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Quinto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha Veintitrés (23) de Junio del año Dos Mil Cuatro (2004), bajo el Nº 19, Tomo 17 del Protocolo Primero, y lo pone en la posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto la firma R.C., C.A., representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, antes identificado.-En este estado el perito avaluador, expone: estimo un valor prudencial aproximado al inmueble objeto de la presente medida en la cantidad de Doscientos Veinte Mil Bolívares Fuertes (Bs.F. 220.000,00).- Es todo.-El Tribunal, cumplida como ha sido su misión ordena fijar a las puertas del inmueble un cartel de notificación, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las once de la mañana.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR
EL DEPOSITARIO JUDICIAL EL PERITO AVALUADOR
LA SECRETARIA
ABG. JOSEFA MANTILLA