REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Martes Dieciocho (18) de Noviembre del año Dos Mil Ocho (2008), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Temporal, Abogada Carmen Alarcón Reaño, del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Néstor A. Palacios Matheus, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.760; y del funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, ciudadano: Gruver Malave, cédula de identidad nro. 11.197.432, placa nro. 8697, en la siguiente dirección: “Un Apartamento distinguido con el Nº 5, situado en el lado Noreste de la Planta número uno (1) del Edificio Gamboa, ubicado en la parcela K-11 de la Avenida Galopan y Panteón de la Urbanización San Bernandino, Parroquia La Candelaria”; a objeto de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio que por Resolución de Contrato de Comodato, sigue el ciudadano: Mariano Santos Ramos, contra el ciudadano Silfredo Solano Bencomo, expediente N° AP31-V-2007-002628.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado, procedió a dar los toques de ley, sin ser atendido por persona alguna.- En este estado el Apoderado Judicial de la Parte Actora, expone:” Por cuanto no se encuentra persona alguna en el inmueble que permita su acceso, solicito del Tribunal designe cerrajero para que abra las puertas a los fines de materializar la medida”.- Es Todo.- Vista la solicitud el Tribunal designa cerrajero al ciudadano: Edwin Esmeral Cupido, Venezolano, mayor de edad e identificado con la cédula de Identidad Nº 16.032.621, quien estando presente aceptó el cargo y prestó juramento de ley; procediendo de seguidas a abrir las puertas del inmueble utilizando medios mecánico para ello.- Abiertas las puertas por parte del cerrajero designado, en el interior del inmueble, el Tribunal deja constancia que recorridas como fueron todas sus áreas no se encontró persona alguna, ni la existencia de bienes muebles, ni joyas, ni títulos valores, ni dinero en efectivo.- Seguidamente desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material a la Parte Actora, en la persona de su Apoderado Judicial, Abogado Néstor A. Palacios Matheus antes identificado, del siguiente inmueble: “Un Apartamento distinguido con el Nº 5, situado en el lado Noreste de la Planta número uno (1) del Edificio Gamboa, ubicado en la parcela K-11 de la Avenida Galopan y Panteón de la Urbanización San Bernandino, Parroquia La Candelaria”, quien lo recibe conforme en este acto, en nombre de su representado, con las llaves de sus puertas principales. Cumplida la misión encomendada, se acuerda la devolución de la comisión al Tribunal Comitente, da por terminado el acto siendo las siendo las (12:00 m .).- Terminó, se leyó y conformes firman.-
Juez Titular
Dra. Maria Cecilia Conde Monteverde
El Apoderado Judicial De La Parte Actora
El Cerrajero.-
El Funcionario Policial.
La Secretaria Temporal.
Exp Int: 1934-08
MCCM/Clar.