REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE JUZGADOS DE MUNICIPIO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

JUEZ: VICTOR MARTIN DIAZ SALAS


ASUNTO PRINCIPAL:
AP31-V-2007-000644


PARTE DEMANDANTE:
ELIZABETH PINTO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad número 10.112.865.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:
SHANNON SALERNO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31477.
PARTE DEMANDADA:


ROSALBA MARINA DE ANGULO, titular de la Cédula de Identidad número 14.666.550
MOTIVO: DESALOJO.-
Se inicia la presente causa mediante libelo de demanda presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, en fecha 08 de Mayo de 2007, correspondiéndole por sorteo el conocimiento de la presente causa a este Juzgado.-
En fecha 17 de Mayo de 2007, se dictó auto admitiendo la demanda por el juicio breve y se emplazó a la parte demandada para que compareciera al segundo día de despacho siguiente a que constase en autos su citación, a los fines de dar contestación a la demanda incoada en su contra.- Asimismo, se ordeno abrir el cuaderno separado de medidas, a los fines de proveer sobre la medida preventiva de secuestro solicitada.-
En fecha 5 de Junio de 2007, se libró compulsa a la demandada.-
En fechas 09 de Julio de 2007, y 07 de Enero de 2008, el Alguacil, correspondiente, expone haberse trasladado para la práctica de la citación, no siéndole posible lograr la misma.-
En fecha 26 de Febrero de 2008, se dictó auto mediante el cual, se acordó la citación de la parte demandada mediante cartel, de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.-
En fecha 13 de Mayo de 2008, la Secretaria del Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio Nancy Tirado Jaramillo, deja constancia que el día trece (13) de Mayo de 2008, siendo las siete y veinticinco de la mañana (07:25 a.m.), se trasladó a la dirección de la demandada y fijó cartel de citación de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.-
En fecha 17 de Junio de 2008, se dictó auto mediante el cual, se designó como defensor ad-litem al ciudadano RAFAEL SARMIENTO, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 34.308.-
En fecha 13 de Noviembre de 2008, comparece por el abogado SHANNON SALERNO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.477, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y mediante diligencia desiste del presente procedimiento.-

Así las cosas, este Tribunal, luego de una minuciosa revisión de los instrumentos cursantes a los autos, se pudo verificar que del poder apud-acta, otorgado por la actora, que el apoderado judicial que aparece suscribiendo el desistimiento tiene facultades expresas para celebrar tal figura de autocomposición procesal.-

Así las cosas, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la homologación observa:
Dispone el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil:

“El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento…”.-

Por las argumentaciones que se han dejado extendidas, este Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO, formulado por el apoderado judicial de la parte actora, abogado SHANNON SALERNO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.477, en fecha 13 de Noviembre de 2008, dándose por consumado el acto con las consecuencias previstas en el artículo 266 del Código adjetivo, es decir, que no podrá el demandante volver a proponer la demanda, antes de que transcurran noventa (90) días.- Igualmente, se da por terminado el presente juicio y se ordena la remisión del expediente con todos sus recaudos al archivo judicial.-

Publíquese, Regístrese y Déjese copia.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adscrito al Circuito Judicial de los Tribunales de Municipios de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Los Cortijos de Lourdes, a los veinticinco (25) días del mes de Noviembre del año dos mil ocho (2008).- Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez,

Dr. Víctor Martín Díaz Salas.-
La Secretaria,

Abg. Nancy Tirado Jaramillo.-
En esta misma fecha de hoy, 25 de Noviembre de 2008, siendo las 2:24 p.m., se dictó y publicó la anterior sentencia, previo las formalidades de Ley.- Conste,
La Secretaria,

Abg. Nancy Tirado Jaramillo.-