REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribuna Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia l de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO : AP21-L-2008-004513
Vista la transacción presentada por el ciudadano VASQUEZ BELLO DOUGLAS JOSE, inscrito en el IPSA bajo el número 119.922, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO CELESTINO GANZALEZ NORIEGA, titular de la cédula de identidad número 9.282.407, y por la otra el abogado ROJAS CORONADO ROSELIANO FREDDY, inscrito el IPSA bajo el N° 134.738, asistiendo a la demandada EDITORIAL METROPOLIS C.A. Este juzgado, observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el articulo 03 de la Ley orgánica del Trabajo y 9 y 11 de su reglamento en consecuencia HOMOLOGA DICHA TRANSACCIÓN, en todos y cada uno de los términos en que fue expuesta. Este juzgado da por terminada la presente causa y se ordena el cierre definitivo del expediente. Cúmplase.-
La Juez

La Secretaria
Diraima Virguez
Luisa Avila